Boletines/Campana

Decreto Nº112/25

Decreto Nº 112/25

Campana, 07/02/2025

Modificatorio Licencia SANCHEZ NEGRETTE Abel

Visto

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires; el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 184/2022 (t.v) y N° 15/2025; y

Considerando

Que mediante el Decreto DECTO-2025-15-E-MUNICAM-INT se autorizó al Jefe de Gabinete, Dr. Abel SANCHEZ NEGRETTE, a hacer uso de la licencia ordinaria para descanso anual, desde el 20 de enero de 2025 y hasta el 31 del mismo mes y año inclusive.

Que en el mencionado Decreto por un error involuntario se omitió disponer el pago al Sr. Julio Cesar OLIVASTRI del sueldo que corresponde al cargo que desempeñó de manera interina, de conformidad con lo establecido en el Artículo N° 275 del Decreto- Ley 6769/58 y N° 0007BIS/2024.

Que resulta procedente el dictado del acto administrativo que subsane la omisión mencionada precedentemente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por  el artículo  108º del  Decreto-Ley  6769/58 (Ley  Orgánica  de las  Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Abónese al Sr. Julio Cesar OLIVASTRI (D.N.I 23.902.645 – Clase 1974), legajo personal N° 7347, el sueldo que corresponda al cargo mejor rentado que desempeñó en forma interina en el período comprendido desde el 20 de enero de 2025 y hasta el 31 del mismo mes y año inclusive, a raíz de los establecido en el Artículo N° 275 del Decreto- Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) y por aplicación del Decreto N° 0007BIS/2024.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-