Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22069

Ordenanza Nº 22069

Bahia Blanca, 24/04/2025

VISTO

 

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 46, referido a la condonación de deuda correspondiente a Giorgio Bautista, D.N.I. 42.688.199, debido a que la acción de cobro se encuentra prescripta.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que conforme surge de las presentes, el recurrente solicita la prescripción de la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y la Tasa de Salud, correspondientes a los inmuebles de las Partidas n° 184.533 y n° 184.536.

 

Que a fojas 32 y 33 la Dirección de Técnica Jurídica, ha considerado procedente la condonación de la deuda, dado que la acción de cobro se encuentra prescripta, fundamentándose en lo establecido en el artículo 53 de la Ley n° 14.879 (Presupuesto Provincial 2017).

 

Que de acuerdo con la información proporcionada por el departamento de Recaudación a fojas 41, se detalla que la Partida n° 184.533 presenta una deuda los períodos comprendidos 06/2016 a 12/2017 y la Partida n| 184536 adeuda los períodos 02/2015 a 12/2017 en concepto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud.

 

Que la oficina de Gestión de Cobros, a fojas 43, ha informado que los períodos mencionados no se encuentra judicializados.

 

Que la Ley 15.394, Presupuesto General para el ejercicio 2023 (conforme Decreto 12/2024) expresa en su artículo 45” “Los minicipios de a provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucionales y legalmente asignadas a los departamentos que lo integran, la condonación de sus deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas al cierre del ejercicio 2022”; y artículo n° 46 “Declárense exentas de responsabilidad a las autoridades que no hayan tomado las medidas necesarias para que los créditos municipales se encuentre alcanzados por la condonación que se autoriza por el artículo anterior, en la medida que no se comprueben actos dolosos realizados al efecto”.


Por ello, el Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Condónase la deuda correspondiente a Giorgio Bautista, D.N.I. N° 42.688.199, del inmueble Partida n° 184.533, por los períodos 06/2016 a 12/2017, en concepto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y la Tasa de Salud, por encontrarse la accción de cobro prescripta, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 15.394.

Artículo 2º – Condónase la deuda correspondiente a Giorgio Bautista, D.N.I. N° 42.688.199, del inmueble Partida n° 184.536, por los períodos 06/2016 a 12/2017, en concepto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y la Tasa de Salud, por encontrarse la accción de cobro prescripta, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 15.394.

Artículo 3° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.