Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº491

Decreto Nº 491

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/03/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la contratación de servicio de hidrogruas para intervención en altura de ejemplares arbóreos afectados por la catástrofe climática del día 7 de marzo de 2025, y;

CONSIDERANDO

Que a fojas 3, la Dirección General de Ordenamiento Forestal Urbano solicita el alquiler de 100 horas de hidrogruas con alcance aproximado de 20 y 30 metros de altura para intervención en altura de ejemplares arbóreos afectados por la catástrofe climática del día 7 de marzo de 2025. El servicio se llevará a cabo de lunes a viernes en el rango horario entre las 8 y las 18 horas, y los días sábados de 8 a 14 horas, conforme las condiciones climáticas lo permitan;

Que atento lo dispuesto en el Decreto N°394/2025 en su Artículo N°1 “Declarar en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos…”

Que así mismo establece en su ARTÍCULO 8 “Instruir a la Secretaría de Economía y a todas las instancias pertinentes de la Administración Municipal y entes descentralizados a implementar todas las herramientas e instrumentos administrativos, presupuestarios y jurídicos de carácter excepcional previstos en la Ley Orgánica de las Municipalidades, y normas aplicables, para garantizar la asistencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos que la emergencia declarada demande”

Que el Artículo 119 inciso b de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que: “el Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aún cuando el concepto de ellos no esté previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas autorizadas, b- en los casos de epidemias, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos que hagan indispensable la acción inmediata de la Municipalidad adoptando el procedimiento de regularización de créditos presupuestarios previsto en el mismo”

Que de lo dispuesto por el referenciado artículo y de acuerdo a lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas, el 2 de julio de 2009 en marco de la emergencia sanitaria, se advierte que la normativa vigente permite al intendente ante situaciones de emergencia efectuar gastos sin la correspondiente autorización presupuestaria;

Que por tal motivo se infiere que a los efectos de no impedir la inmediata intervención de la comuna pueden obviarse las modalidades de contratación habituales concurso de precios y licitaciones -. posibilitando con ello la adquisición directa de bienes y servicios indispensables y urgentes;

Que a fojas 68, el Departamento compras expresa que conforme solicitud de pedido Nº1636 y considerando la necesidad que representa la misma en razón del fenómeno natural extraordinario acontecido en nuestra ciudad el 7 de marzo del corriente año y atento a lo dispuesto por Decreto 394/2025 artículo 1º, el cual declara en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia Sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos en tanto persistan los motivos que llevaron al dictado de la citada norma, por lo que solicita se adjudique el servicio de alquiler de cien (100) horas de hidrófuga de veinte metros de alcance aproximado y de cien (100) horas de hidrófuga de treinta metros de alcance aproximados, para ser utilizadas en diferentes tipos de intervenciones en ejemplares arbóreos de la ciudad, a favor de HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. Proveedor N°6117, por un importe total de $25.300.000.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTÍCULO 1º)- Adjudícase a HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. Proveedor N°6117, la provisión del servicio de hidrogruas para intervención en altura de ejemplares arbóreos afectados por la catástrofe climática del día 7 de marzo de 2025, por un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL ($25.300.000.-), en todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º)- Cúmplase, notifíquese, publíquese y dése al Registro Oficial, tome nota el Departamento Compras; hecho: ARCHÍVESE.