Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº463

Decreto Nº 463

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/03/2025

VISTO estos actuados por los que se tramita el llamado a Licitación Pública Nº417R-33-2025 para la ejecución de la obra: “PLAN DE BACHEO: DELEGACIÓN LAS VILLAS - 2025", a realizarse mediante sistema de contratación UNIDAD DE MEDIDA Y PRECIOS UNITARIOS, SIN REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NI ANTICIPO FINANCIERO, con un Presupuesto Oficial de $176.493.000,00; y,

CONSIDERANDO:

Que el día 31 de Enero de 2025, se realizó la apertura de la licitación, de acuerdo al acta por triplicado obrante de fojas 282 a 284; surgiendo de la misma que se presentaron dos oferentes, las Empresas OBRAS ABEDUL S.R.L y  RIMSOL S.A.

Que a fojas 286, el Departamento Vialidad informa que la primera propuesta corresponde a la firma OBRAS ABEDUL S.R.L que cotiza por un total de $149.219.750 lo que significa una rebaja del 15,45% con respecto al Presupuesto Oficial. A fojas 285 la empresa presentó el Certificado exigido según el Art. 4 inciso K de las Especificaciones Legales Particulares, dando cumplimiento a lo observado en el acta de apertura, obrante a fs. 282; la segunda propuesta corresponde a la empresa RIMSOL S.A la que cotiza por un total de $171.204.877,69 lo que significa una rebaja del 2,99% con respecto al Presupuesto Oficial, presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones.

Que a fojas 286 vuelta el Departamento Registro de Licitadores informa que la empresa cumple con lo establecido en el Decreto Nº1257/2018 artículos 4º y 6º y artículo 3º incisos p1 y p2 de su reglamento, y no formula observaciones; a fojas 287 el Departamento Compras no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones.

Que a fojas 288 el Subsecretario de Obras Públicas, considera que. "...en virtud de la catástrofe climática que azotó la ciudad de Bahía Blanca el pasado 7 de marzo de 2025 - la cual determinó la declaración de emergencia conforme decreto municipal N° 394/2025 -, y la multiplicidad de daños estructurales ocasionados, sería adecuado dejar sin efecto la presente licitación. Ello, debido a que merituando que la obra cuya licitación se referencia, se realizaría íntegramente con financiamiento del erario público municipal, y como se dijera, la afectación estructural de la ciudad es de considerable magnitud, lo que implica proceder a redefinir y/o delimitar los puntos críticos ha intervenir...", y sugiere dar de baja la licitación, de acuerdo a lo anteriormente mencionado se deberá proceder a la devolución de las Pólizas de mantenimiento de oferta presentadas por las empresas oferentes, OBRAS ABEDUL S.R.L. y RIMSOL S.A.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º: Dejar sin efecto la Licitación Pública N°417R-33-2025, para la ejecución de la Obra: “PLAN DE BACHEO: DELEGACIÓN LAS VILLAS - 2025", en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo N°154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo N°27 ultimo párrafo del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

ARTICULO 2º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., notifíquese a las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L. y RIMSOL S.A. realizando la devolución de la póliza de mantenimiento de oferta; pase al Departamento Compras y tome nota  el Departamento de Registro de Licitadores y Obras por Consorcios y el Departamento Vialidad.-