Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2503
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/08/2024
VISTO, el Compromiso de Gestión firmado entre el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), representado por su Presidente Dr. Carlos Soratti, el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Buenos Aires (CUCAIBA), representado por su presidente, Dr. Francisco Leone, la Municipalidad de Bahía Blanca representada por el Sr. Intendente Federico Esteban Susbielles, el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero” (HMALL), representado por su Director General, Dr. Gustavo Adolfo Carestía, y en presencia del Secretario de Salud del Municipio de Bahía Blanca, Dr. Federico Bugatti.
CONSIDERANDO:
Que dicho compromiso se realiza en el marco de las normas contempladas en los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, los cuales disponen que “los establecimientos que reúnan las características definidas en la reglamentación, deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante”, y a promover “la capacitación permanente de su personal afectado al proceso de donación”.
Que las partes acuerdan que el objetivo general del acuerdo consiste en incrementar la disponibilidad de órganos y tejidos para trasplante en el HMALL, a través del desarrollo del PROGRAMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UNIDADES HOSPITALARIAS DE PROCURACION DE ÓRGANOS Y TEJIDOS (UHPROT), aprobado mediante Resolución 3685/2022 del Ministerio de Salud.
Que dicho programa identifica las herramientas, los recursos necesarios y las etapas conducentes para la puesta en marcha y desarrollo de un modelo de organización hospitalaria, destinado a incrementar la disponibilidad de órganos y tejidos para trasplante a través de la optimización en la generación de donantes.
Que para cumplir tales objetivos es necesario contar con el compromiso y la participación de las autoridades sanitarias nacionales, provinciales y/o municipales, de los responsables de las conducciones institucionales y de los servicios, con el propósito de consolidar el camino hacia la sustentabilidad de la actividad de donación y trasplante.
Que regirá por el término de un (1) año contado a partir de su firma, renovable automáticamente por idénticos periodos; sin perjuicio de lo cual, en cualquier momento las partes podrán proceder a la rescisión del presente sin expresión de causa, comunicando su decisión por medio fehaciente y con una anticipación no menor de sesenta (60) días corridos.
En caso de denuncia de este acuerdo, las actividades en vías de ejecución continuarán en vigencia hasta el cumplimiento de su objeto.
Que el Artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades dice: "Corresponde al Concejo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales. Exímese de éste requisito en los casos de los convenios suscriptos con los organismos de la Administración Central, desconcentrados, descentralizados. Sociedades y Empresas del Estado, tanto de la Provincia de Buenos Aires como del Estado Nacional".
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
-DECRETA-
PRIMERO: Registrase, el compromiso de gestión celebrado entre el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), representado por su Presidente Dr. Carlos Soratti, el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Buenos Aires (CUCAIBA), representado por su presidente, Dr. Francisco Leone, la Municipalidad de Bahía Blanca representada por el Sr. Intendente Federico Esteban Susbielles, el Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero” (HMALL), representado por su Director General, Dr. Gustavo Adolfo Carestía, y en presencia del Secretario de Salud del Municipio de Bahía Blanca, Dr. Federico Bugatti, según lo establecido en el Articulo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
SEGUNDO: Cúmplase; notifiquese; tomen nota dependencias que correspondan; elévese al Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca para la toma de conocimiento; dese al R.O. y ARCHIVESE.-