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Resolución Nº42

Resolución Nº 42

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/03/2025

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa de Control de Plagas ALFA FUM S.R.L., con domicilio en calle 13 de junio n° 3918 de la Localidad y Partido de Bahía Blanca, solicita autorización para operar como “Empresa de Control de Plagas” en la localidad de Bahía Blanca; y

 

CONSIDERANDO:

Que en la foja 37/38 del expediente N° 4007-48-2025-0-0 se encuentra la habilitación municipal de la mencionada firma para desarrollar actividades como oficina administrativa de una empresa de control de plagas, lo cual está respaldado por la constancia de cumplimiento tributario a la que se hace referencia en la foja 40, emitida por el Departamento de Análisis y Política Fiscal.

 

Que, de acuerdo con el informe del Departamento de Control y Fiscalización Ambiental, presentado en la foja 12 del expediente N° 0-9594/2024, la empresa ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Ordenanza N° 7.932/94, su modificatoria la Ordenanza N.º 8.204/94, y el Decreto Reglamentario N° 566/94.

 

Por lo tanto, y mientras se mantengan las condiciones actuales, el SUBSECRETARIO DE AMBIENTE, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo N° 18 del Decreto Municipal N° 101/2024,

RESUELVE

 

PRIMERO: Autorizar a la Empresa ALFA FUM S.R.L., CUIT 30-71867914-8 con domicilio en calle 13 DE JUNIO N° 3918 la Localidad y Partido de Bahía Blanca, a operar como empresa de Control de Plagas Urbanas, por un plazo de dos (2) años, a partir de la notificación de la presente Resolución, en concordancia con los considerandos anteriores.

 

SEGUNDO: Cúmplase, dése al Registro Oficial, Notifiquese a la empresa interesada, tomen conocimiento el Departamento de Habilitaciones, Departamento de Recaudación y el Departamento de Control y Fiscalización Ambiental. Cumplido, archívese.