Boletines/San Vicente
Decreto Nº 972
San Vicente, 12/05/2025
Visto
El Expte. Nº 4108-I-4346-2025-00, por medio del cual tramita el Concurso de Precios Nº 16/2025, “por la provisión de equipamiento de seguridad, para el personal de seguridad de prevención y seguridad ciudadana (G.P.M.) en el distrito de San Vicente”, y;
Considerando
Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Concurso de Precios Nº 16/2025, “por la provisión de equipamiento de seguridad, para el personal de seguridad de prevención y seguridad ciudadana (G.P.M.) en el distrito de San Vicente”;
Que se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con el presente Concurso de Precios;
Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Concurso de Precios Nº 16/2025, “por la provisión de equipamiento de seguridad, para el personal de seguridad de prevención y seguridad ciudadana (G.P.M.) en el distrito de San Vicente”.
ARTÍCULO 2°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones del presente Concurso de Precios.
ARTÍCULO 3°: El presupuesto oficial por el presente Concurso de Precios asciende a la suma de pesos doce millones quinientos treinta y ocho mil ciento cuarenta con 00/100 ($12.538.140,00).
ARTÍCULO 4°: Las propuestas de este Concurso de Precios serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 16 de mayo de 2025, a las 10:00 hs.
ARTÍCULO 5°: El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110124000 - Conducción Superior. Unidad Ejecutora: 46 – Conducción Superior. Dependencia: 5018 – Fotomultas. Fuente de Financiamiento: 131 – De Origen Municipal.
ARTÍCULO 6°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese, archívese.