Boletines/General Villegas

Resolución Nº700/24

Resolución Nº 700/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 18/10/2024

VISTO:

El Expediente Nº 10371/21, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Mariana Analía Geltgenlichter, dedicado a la explotación de los rubros “Venta de repuestos nuevos y usados de maquinaria pesada - Taller de Reparación de Repuestos”, a partir del 1 de septiembre de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 673/23, agregada a fojas 65/66, se registró la habilitación y anexo provisorios, correspondiente al Contribuyente Nº 22755.

Que por Expediente Nº 10371/21 Alcance 2, agregado a fojas 71, el titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 107 y Censo de Comercio e Industria Nº 82, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 73 y 74).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 80, informando que el recurrente no registra deuda.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).

Que a fojas 86 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación y anexo provisorios otorgados por Resolución Nº 673/2023, de un comercio dedicado a la explotación de los  rubros “VENTA DE REPUESTOS NUEVOS Y USADOS DE MAQUINARIA PESADA - TALLER DE REPARACION DE REPUESTOS”, de la señora MARIANA ANALÍA GELGENLICHTER, DNI Nº 24.730.728, Contribuyente Nº 22755, Codificador de Rentas Nº 62900-21 y 71400-06 NIS Nº 1053820-02 – T1R - Residencial, con domicilio comercial en calle José M. Chavarri Nº 453 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B,Quinta41, Manzana 41b, Parcela 21, fecha de alta 1 de septiembre de 2021, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 10371/21.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora MARIANA ANALÍA GELGENLICHTER, DNI Nº 24.730.728, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Dirección de Comercio, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.