Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº1689/17

Decreto Nº 1689/17

Nueve de Julio, 24/05/2017

CAMPO HIPICO TRES LAGUNAS – RIFA – AUTORIZACION-

Visto

El expediente 4082-1271/2017. La solicitud de fojas 1.

Considerando

Que no existe impedimento alguno para otorgar la autorización solicitada.

Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Campo Hípico Tres Lagunas de nuestra ciudad, a realizar una rifa a circular en el ámbito de éste Partido. Dicha rifa consta de 750 boletas siendo el valor de cada boleta la suma de pesos un mil doscientos ($ 1200) pagaderos al contado o en 6 cuotas de $ 100 y 4 cuotas de $ 150 y sorteará por medio de Lotería Nacional nocturna.

DETALLE DE PREMIOS Y CALENDARIO DE SORTEOS:

SORTEOS SEMANALES: Desde el momento de la compra y hasta julio de 2018, inclusive, quienes hayan adquirido la rifa y mantengan la regularidad en el pago de las cuotas, participarán utilizando los números y la correlación de los sorteos que realice la Lotería Nacional nocturna los días sábado del mes a las tres (3) últimas cifras del 1º premio, excepto el último sábado: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 1000

SORTEOS MENSUALES: Desde el momento de la compra de la rifa y hasta julio de 2018, inclusive, los adquirentes que mantengan la regularidad en el pago de las cuotas, participarán utilizando los números y la correlación de los sorteos que realice Lotería Nacional nocturna el último sábado del mes:

2 CIFRAS: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 1.000.

3 CIFRAS: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 1.000

4 CIFRAS: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 3.000

SORTEO PAGO CONTADO: Todas las personas que hayan abonado la totalidad de las cuotas al momento de comprar la rifa, participan del sorteo del día sábado 18 de agosto de 2018 de la Lotería Nacional nocturna a las cuatro (4) últimas cifras del 1º premio: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 50.000 (UN VIAJE PARA CUATRO PERSONAS DURANTE 5 DÍAS A ELECCIÓN EN ARGENTINA).

SORTEO EXTRA: SALE o SALE) Todas las personas que hayan abonado el 50% ($600) de la rifa al 31 de enero de 2017 o cancelaron al momento de comprar la rifa, participarán del sorteo del día sábado 17 de marzo de 2018 en las instalaciones del Campo Hípico (si se necesita mas capacidad, se reemplazará por otro de mayor capacidad) de la localidad de 9 de julio. Además se realizará un festival solidario de música y humor con artistas locales y/o zonales con entrada libre y gratuita. Se ofrecerá servicio de cantina a beneficio de instituciones de la localidad:

PRIMER SORTEO: $ 5.000 EN ORDEN DE COMPRA

SEGUNDO SORTEO: $ 5.000 EN ORDEN DE COMPRA

TERCER SORTEO: $ 5.000 EN ORDEN DE COMPRA

CUARTO PREMIO: $ 150.000 EN ORDEN DE COMPRA (UNA VIVIENDA INDUSTRIALIZADA ALEGRETTI 32.5 m2 SIN TERRENO) En caso de que quedara vacante el bono extra se sorteará entre los adquirentes presentes.

SORTE AGRADECIMIENTO: Participan de ésta gran final quienes hayan cancelado el total de la rifa, utilizando los números y la correlación del sorteo del día sábado 25 de agosto de 2018 de la Lotería Nacional nocturna a las cuatro (4) últimas cifras del 1º premio: UNA ORDEN DE COMPRA HASTA $ 300.000 (CHEVROLET PRISMA JOY) GRAN SORTEO FINAL: (SALE o SALE) Participan de esta Gran Final quienes hayan cancelado la rifa, utilizando los números y la correlación del sorteo del día sábado 25 de agosto de 2018 de la Lotería Nacional nocturna:

TRES ULTIMAS CIFRAS DEL 1º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 5.000 (TV LED 24”)

DOS ULTIMAS CIFRAS DEL 1º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA DE $ 1.000 (CAFETERA o SANDWICHERA o TOSTADORA)

UNA ULTIMA CIFRA DEL 1º PREMIO: UN REGALO (MATE O JARRO PUBLICITARIO)

MECANISMOS DE LOS SORTEOS Y ADJUDICACIÓN DE PREMIOS: Los sorteos serán fiscalizados por sistema computarizado ante Escribano Público, quien labrará acta del desarrollo de los sorteos mensuales y la firmará juntamente con los directivos responsables de la Institución Organizadora y los testigos designados. Los sorteos se realizarán por el sistema de extracción de bolillas. Se realizará el sorteo extrayendo las bolillas hasta la aparición del ganador, quien será el titular de la tarjeta cuya totalidad de números (12) coincidan con los extraídos. En caso de que haya mas de un ganador en alguno de los sorteos, este se deberá compartir en partes iguales. No es causal de exclusión la obtención de premios en mas de un sorteo. Las tarjetas de quienes no se encuentren presentes al momento del sorteo serán controladas por el Escribano Público actuante y por la Institución organizadora.

TODOS LOS PREMIOS SALEN O SALEN. Cada ganador se hará acreedor de un solo premio, no son acumulativos.

ARTICULO 2º: La Entidad organizadora deberá cumplir en el caso de corresponder, con el depósito previsto en el artículo 8 de la Ordenanza 5194/13 y su modificatoria Ordenanza Nº 5213/13, 30 días antes de la fecha fijada para el sorteo final, acompañando el recibo de pago correspondiente.

ARTICULO 3º: La Entidad organizadora deberá presentar informe detallado de los ganadores de cada uno de los sorteos.

ARTICUL0 4º: La Entidad organizadora deberá rendir cuenta de la inversión de los fondos obtenidos.

ARTICUL0 5º:Previo a la circulación de la rifa las boletas deberán ser selladas en la Municipalidad.

ARTICULO 6º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.