Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 5831/17
Nueve de Julio, 11/05/2017
ORDENANZA
LOTE “PROGRAMA FAMILIA PROPIETARIA” – ESCRITURACION
ARTICULO 1º: Autorízase en favor de la adjudicataria señora MARIA ROSA LEGUIZAMON, D.N.I. Nº 24.742.141, casada con el señor RAMON FLORES, D.N.I. Nº 18.334.303, , la escrituración de la parcela perteneciente al “Programa Familia Propietaria” identificada con nomenclatura catastral: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173p, Parcela 13 de la ciudad de 9 de Julio.
ARTICULO 2º: Las cuotas y los valores estipulados han sido cancelados en su totalidad respecto al lote especificado en el Artículo Nº 1 de la presente.
ARTÍCULO 3º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción a realizarse en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio”.
ARTICULO 4º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 5º: Comuníquese al D.E. a sus efectos.-