Boletines/Chascomús
Decreto Nº 382/25
Chascomús, 21/05/2025
AUMENTO DOCENTE
Visto
El instructivo que comunica la nueva pauta salarial a aplicar con los salarios de los meses de Mayo/2025 y Julio/2025, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 16 de Mayo de 2025; y
Considerando
Que a través del instructivo se comunica la política salarial definida para el personal docente de la Ley Nº 10.579 que regirá a partir del 1° de Mayo de 2025 y del 1° de julio de 2025.
Que el personal docente municipal debe percibir una retribución no inferior a la que percibe por todo concepto, el personal docente que presta servicios en establecimientos dependientes del Estado Provincial y que se hallan regidos por la Ley 8727/77 (actualmente Ley Provincial 11.612) y su reglamentación conforme lo dispone el Art. 27° y siguientes del Estatuto y Escalafón del Personal Docente Municipal (Ordenanza 3437/04).
Que es necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Fíjese el sueldo básico del Preceptor (índice escalafonario1), a partir del 1° de Mayo de 2025 en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS ($267.262). Y a partir del 1° de Julio de 2025 en PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($277.347).-
ARTÍCULO 2º.- Fíjese la bonificación remunerativa no bonificable como suma fija, a partir del 1° de Mayo de 2025 en la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS ($108.436). Y a partir del 1° de Julio de 2025 en PESOS CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO ($112.528).-
ARTÍCULO 3º.- Fíjese la bonificación remunerativa no Bonificable como Bonificación para cargos con Índice Escalafonario 1.1, a partir del 1° de Mayo de 2025 en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NUEVE ($168.209). Y a partir del 1° de Julio de 2025 en PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO ($178.221).-
ARTÍCULO 4º.- Fíjese la bonificación remunerativa no bonificable establecida en la Resolución Ministerio de Trabajo N° 103/21 y modificatorias como bonificación para preceptores, a partir del 1° de Mayo de 2025 en un porcentaje de 96,25%.-
ARTÍCULO 5º.- Adjúntese como Anexo I al presente el instructivo que comunica la nueva pauta salarial a aplicar con el salario del mes de Mayo/2025 y Julio/2025, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 16 de Mayo de 2025; como Anexo II la grilla salarial elaborada por la Dirección de Liquidaciones y Administración de Personal de la Municipalidad de Chascomús para el mes de Mayo y como Anexo III la grilla correspondiente al mes de Julio.-
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 7°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de RR.HH., Subsecretaria de Infancias y Juventudes, Dirección de Educación, Contaduría, Tesorería, Escuela Primaria Municipal Nº 1, Escuela Primaria Municipal Nº 2, Escuela Primaria Municipal Nº 3, Escuela Secundaria Municipal, Jardín Maternal y de Infantes Municipal e Instituto de Previsión Social.-
ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), el Secretario de Hacienda y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-
ARTÍCULO 9º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-