Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Ordenanza Nº3372/2024

Ordenanza Nº 3372/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 09/12/2024

VISTO:

 El Expediente N° 4055-350-2024, por medio del cual tramita la solicitud efectuada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, a los efectos de que se autorice la compra de una motoniveladora marca John Deere, modelo 620P STD HE, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo solicitado por dicho funcionario, se ha procedido a solicitar presupuesto a la empresa John Deere, el que se encuentra adunado a las presentes a fs. 2-3 y, posteriormente, a fs. 5 –el que deberá ser tenido en cuenta-, de donde surgen las especificaciones técnicas de la maquinaria a adquirir;

Que, por medio de la presente autorización, se concreta la necesidad de formalizar un contrato con Provincia Leasing S.A., en atención a la calidad crediticia que reviste el Municipio de Adolfo Gonzales Chaves;

Que dicha maquinaria es necesaria para el mejoramiento continuo en el mantenimiento y reparación de la red vial municipal;

Que el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para adquirir la unidad mencionada;

Que, dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo de la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por decreto.

Que el artículo 156° inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que se admitirán compras y contrataciones directas, cuando dicha adquisición se realice “…a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el estado tenga participación mayoritaria”;

Que, asimismo, el artículo 273 de dicho cuerpo normativo, sostiene que “el Departamento Deliberativo podrá autorizar planes de obras públicas, compras de elementos mecánicos para servicios públicos y otras contrataciones, comprometiendo fondos de más de un ejercicio. En tales casos, el Departamento Ejecutivo deberá formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los presupuestos”.

Por ello,

EL Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Facultar al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A., un contrato de leasing en forma de contratación directa, de conformidad con lo establecido por el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, con un plazo de amortización de treinta y seis (36) meses, aplicándose una tasa de interés Badlar Privada Promedio + 9 Pts., ascendiendo el monto total de la operación a la suma de pesos doscientos noventa y siete millones novecientos trece mil ($ 297.913.000).

 

ARTÍCULO 2º: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:

Destino: Adquisición de una motoniveladora marca John Deere, modelo 620P STD HE.

Tipo de operación: Leasing financiero.

Periodicidad de los cánones: Mensual.

Plazo: 36 meses.

Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.

Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el contrato de leasing que se suscriban entre las partes.

 

ARTÍCULO 3º: El bien adquirido en leasing será destinado a la reparación y mantenimiento de caminos rurales de la Ciudad de Adolfo Gonzales Chaves.

 

ARTÍCULO 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.

Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing.

 

ARTÍCULO 5°: El   Departamento   Ejecutivo   preverá   en   los   instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

 

ARTÍCULO 6°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes.

 

ARTÍCULO 7°:  Comuníquese, Regístrese, Publíquese, Archívese.