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Ordenanza Nº7360

Ordenanza Nº 7360

Baradero, 20/12/2024

Visto las actuaciones administrativas que corren por expediente municipal Nro. 4009-20-12124-21, Ale. 1 Letra P, caratulado: Parroquia Santiago Apóstol. Ref. Solicita autorización de estacionamiento en la dársena/rente a la Parroquia sita en calle Anchorena 924.
Considerando el informe del Subsecretario de Seguridad Ciudadano que rola afs. 4 y 5 del expediente de referencia.
Que, consideramos que esta situación se solucionaría con la presencia de un estacionamiento exclusivo.
Que es necesario ir generando políticas que aporten orden y seguridad la ciudadanía.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
Tratado y Aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar permiso con destino de estacionamiento exclusive a la Parroquia Santiago Apóstol en la dársena frente a ella- site en calle Anchorena Nro. 924 - Baradero, para un vehículo automotor por vez conforme a la nómina obrante afs. 2y sin involucrar la zona restrictiva de seguridad de la ochava, a los efectos de facilitar el desplazamiento del automóvil para las actividades eclesiásticas.
Artículo 2°: La señalización horizontal y vertical de la reserva estará a cargo de La Parroquia Santiago Apóstol contándose con un plazo de 30 días corridos para materializarla. La demarcación horizontal se realizará con líneas y cordón de color azul traful. Para la demarcación vertical, en el cartel indicativo deberá estar mencionado el número de la presente ordenanza y constar con la leyenda - ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO; conformación física: circulo azul con orla roja y letra “E” en color blanco, según diseño ajustado a la normativa vigente y obrante a fs. 5 del expediente municipal Nro. 4009-20-12124-21 “P”.
Artículo 3°: Establecer que los gastos de mantenimiento que demande la realización del señalizado resultan a cargo del solicitante. Como así también, queda a cargo del sujeto autorizado, la obligación de remover la señalización, en caso de caducidad y/o rechazo del permiso.-
Artículo 4°: La autorización de estacionamiento exclusivo conferida de conformidad a la presente Ordenanza caducará automáticamente al (1) años de ser otorgada.
Artículo 5°: La reserva que se concede por la presente no dará lugar a reclamos por derechos adquiridos cuando, por razones de fuerza mayor y debidamente fundadas, el gobierno municipal las considere caducas o fueran estas afectadas por el ordenamiento del tránsito.
Artículo 6°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en Sesión Ordinaria a los veinte días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.