Boletines/Zárate
Resolución Nº 4180/25
Zárate, 08/05/2025
Visto
El proyecto de Ley presentado en la cámara de diputados de la Provincia de Buenos Aires bajo el expediente D-332/25-26; y,
Considerando
Que, el objetivo del presente proyecto de ley es introducir modificaciones a la Ley 11.922, Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires.
Que, las modificaciones que se tratan de introducir tienen como objetivo lograr un criterio de justicia más estricto para aquellas personas que son pasibles de cometer delitos.
Que, en el proyecto de ley que tiene la iniciativa de modificar el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires incorpora las figuras de reiterancia delictiva como circunstancia de fuga o entorpecimiento del proceso sino también la denegatoria de excarcelaciones en casos de reiterancia y la obligatoriedad de informes de antecedentes penales para obtener la excarcelación.
Que, la reiteración delictiva consiste en la imputación en una causa penal en forma de coexistencia con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada.
Que, recientemente en el Congreso de la Nación Argentina se sancionó una Ley que implementa cambio penales sobre reincidencia y reiterancia para desactivar la puerta giratoria para delincuentes.
Que, algunas provincias de nuestro territorio tales como Mendoza, Tucumán, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han avanzado en legislaciones sobre estos temas.
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N Nº 4 1 8 0.
ARTÍCULO 1 º .- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate expresa su beneplácito ante la presentación del proyecto de Ley bajo el expediente D 332/25-26 que se adjunta como anexo I.-
ARTÍCULO 2 º .- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate solicita el pronto tratamiento y aprobación del proyecto de Ley bajo el expediente D 332/25-26.
ARTÍCULO 3 º .- Envíese copia de la presente al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y a la Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4 ° .- Envíese copia de la presente a la Secretaría de Protección Ciudadana del Municipio de Zárate.
ARTÍCULO 5 º .- Envíese copia de la presente al Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los ocho días del mes de Mayo de dos mil veinticinco.