Boletines/Mercedes

Ordenanza Nº9572/2025

Ordenanza Nº 9572/2025

Mercedes, 14/04/2025

Ref. a Exp. Nº 24819/2025- D-E.-

De mi mayor consideración

                                                             Tengo el agrado de dirigirme a la Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 14/04/2025,  por  unanimidad   sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº 9572/2025               

ORDENANZA

   ARTÍCULO 1°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. operaciones de leasing bajo la forma de contratación directa de conformidad con lo establecido por el Art. 156 inc. 2 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º.- La operación de Leasing que se autoriza a contraer, que se solventará con fondos propios, estará sujeta a las siguientes condiciones financieras: Destino: Adquisición de Chasis Camión con caja compactadora, chasis camión con tanque atmosférico y semirremolque batea 2+1 para 45 TN Tipo de operación: Leasing financiero. Periodicidad de los cánones: Mensual. Plazo: 36 meses

Monto: hasta $ 460.000.000,00 (cuatrocientos sesenta millones de pesos). Dicho monto prevé un margen de123,86 % (el margen se calculó sobre el precio de los bienes aplicando la cotización del dólar T.C.V del Banco Nación del día 08/04/2025) respecto del valor de los bienes con el propósito de concretar la operación ante la posibilidad de variaciones en los precios de los mismos. Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente. Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes.

ARTICULO 3º.- La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta

 

corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing. -

 

ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación. —

 

ARTICULO 5º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios. contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes. -

 

ARTICULO 6º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

Anexos

anexo

ordenanza 9572

DESCARGAR