Boletines/Mercedes
Decreto Nº 898/2025
Mercedes, 29/04/2025
Visto
El Expediente Administrativo EX-2025-00034130- -MERCEDES-DAL#JG, y la necesidad de implementar el Programa Gestión, Tramitación y Resolución de Cuestiones de Incumbencia Técnicas en el Ámbito Legal y Administrativas Municipal. Profesionales y Operadores; y
Considerando
Que el artículo 148, último párrafo del Decreto-Ley 6769/58 -LOM-, establece que cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales o, teniéndolas organizadas, éstas se declaren incompetentes, el Departamento Ejecutivo podrá contratar directamente la realización de los trabajos;
Que, si bien dicha disposición se refiere específicamente a obras públicas, la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, en el marco de la Ley 11757, ha extendido su aplicación a la contratación bajo la modalidad de contrato de obra a otros profesionales, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;
Que, en virtud de dicho marco legal y doctrinario, resulta procedente y conveniente autorizar la implementación del programa referido, a fin de fortalecer la capacidad de gestión técnica en cuestiones legales y administrativas de índole municipal;
Que es voluntad de este Departamento Ejecutivo optimizar los procesos administrativos mediante el aporte profesional de técnicos especializados, en beneficio de la comunidad;
Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la implementación del Programa Gestión, Tramitación y Resolución de Cuestiones de Incumbencia Técnicas en el Ámbito Legal y Administrativas Municipal. Profesionales y Operadores, conforme a lo actuado en el expediente EX-2025-00034130- -MERCEDES-DAL#JG.
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE la apertura del proceso de selección para la designación de profesionales y operadores que se desempeñarán en el marco del citado programa, quienes prestarán servicios en áreas técnicas, legales y administrativas municipales, conforme los perfiles requeridos.
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que las personas seleccionadas tendrán vinculación con este Municipio únicamente mediante contratos de locación de obra, sin generar relación de dependencia alguna.
ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Dese al Digesto General. Cumplido, archívese.