Boletines/Mercedes

Decreto Nº695/2025

Decreto Nº 695/2025

Mercedes, 09/04/2025

Visto

            El expediente administrativo GDE N° 00027802/2025 caratulado: “Dirección de Turismo y Comercio – SOLICITO QUE SE DECLARE DE INTERÉS MUNICIPAL LA 25º FIESTA NACIONAL DE LA TORTA FRITA 2025”

Considerando

Que este año se organiza una vez más esta fiesta popular, que fue declarada en el 2022 como Fiesta Nacional, y como históricamente ocurre, se llevará a cabo en el Parque Municipal Independencia de esta Ciudad.

Que este evento tiene por objetivo la promoción de la torta frita producto muy buscado en nuestro partido que atrae a centenares de turistas que se acercan a degustar y comprar, y es reconocida por la elaboración de una torta frita gigante única en el país.

Que las Agrupaciones Gauchas Unidas llevan adelante este encuentro tradicionalista, junto con Centros de Danzas de la ciudad, cantantes y conjuntos de folklore, contando con el apoyo de esta Municipalidad.

Que esto, motiva la elaboración del presente decreto, a fin de dejar establecido en el mismo todos los ingresos que se piensa obtener por la organización de dicha fiesta, como así también determinar aspecto que haga a su realización y a qué cuenta municipal se afectarán todos los ingresos y egresos.

Que, dada la importancia de los mismos, es decisión del Sr. Intendente municipal acompañar y proceder en la declaración de Interés Municipal.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inciso 17) del Decreto Ley 6769/58.

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MERCEDES, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Municipal la “25° Edición de la Fiesta Nacional de la Torta Frita”a realizarse los días sábado 10 y domingo 11 de mayo de 2025, en el Parque Municipal Independencia (sector nuevo) de nuestra ciudad de Mercedes (B).-

ARTICULO 2º.-Autorizase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demande la organización de dicho evento.-

ARTICULO 3º.- Establézcase que el precio de las entradas para la Fiesta Nacional de la Torta Frita serán las siguientes:

Sábado y domingo

General                                   $4000,00, Cada día. -

Jubilados, pensionados             $2000.00. Cadadía. -

Menores de 12 años y personas con discapacidad: GRATIS

ARTICULO 4º.- Otórguese dos (2) entradas especiales por agente municipal, para que ingresen de manera gratuita uno de los días de la “25º Edición de la Fiesta Nacional de la Torta Frita”.-

ARTICULO 5º.- Establézcase que los valores de los stands para la 24° Fiesta de la Torta Frita serán los siguientes:

CANON FOOD TRUCK     $200.000                    EMPRESAS              $ 110.000

CANON CERVECERO       $ 110.000                   HELADERIA                       $   60.000

CANON JUGO                     $ 100.000                   Gazebo salado                        $ 120.000

ARTESANOS                                   $   60.000                   Gazebo dulce             $ 100.000

REVENTA                            $100.000                    TORTERAS               $   50.000

JUEGOS                                $   50.000                   CABINA FOTOS      $   50.000

SAMBA                                 $  100.000 (Por Día)

 

 

 

 

 

ARTICULO 6º.-Establécese que los empleados municipales que trabajen en la “24° Fiesta de la Torta Frita percibirán, según la tarea a desarrollar, una suma fija no remunerativa por única vez de:

  1. NOVENTA Y TRES MIL PESOS ($ 93.000,00) por día trabajado en cajas.
  2. SETENTA Y TRESMIL PESOS ($ 73.000,00) por jornada (sábado/domingo).
  3. TREINTA Y SIETE MIL PESOS ($ 37.000,00) por jornada (sábado/domingo) en tareas específicas. -

ARTICULO 7º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas de RAFAM que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-

ARTICULO 8º.- Autorizase a que todos los ingresos de la “25º Edición de la Fiesta Nacional de la Torta Frita” se imputen a la cuenta: “Fondo de Eventos Municipales”. -

ARTICULO 9°: Autorizase a la Secretaria de Gobierno a establecer el Reglamento de Participación de las productoras de Torta Frita, del concurso.-

ARTICULO 10º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Gobierno. -

ARTICULO 11º.-Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.-