Boletines/Campana

Decreto Nº85/25

Decreto Nº 85/25

Campana, 31/01/2025

Expediente Municipal Nº 4016-26960-2022 Contratación Dra. Tomasiello Teresa

Visto

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v.); los Decretos N° 537/2018, N°184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-269602022; y

Considerando

Que el Servicio Público de prestación de Salud, brindado por la Unidad Hospitalaria San José es un servicio imprescindible e ininterrumpible, las 24 horas del día, los 365 días del año.

Que luce el DECTO-2024-746-E-MUNICAM-INT de fecha 05 de agosto de 2024, por el cual se aprueba la contratación de la Dra. Tomasiello Teresa.

Que obra el contrato con la Dra. Tomasiello suscripto en fecha 12 de agosto de 2024.

Que se glosa Informe Circunstanciado de la Secretaria de Salud en el cual se manifiesta la intención de celebrar una nueva contratación con la profesional allí mencionada.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de  la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanente como temporaria personal profesional de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir con lo solicitado.

Que se glosa Solicitud de Alta de Proveedor – Servicios Locados para el primer semestre de 2025.

Que la Dirección de Compras toma conocimiento y manifiesta no poseer objeciones al respecto. Asimismo, informa el número de proveedor 2955.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria e informa que al día de la fecha el crédito presupuestario es suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento y cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular al respecto.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que el Artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el Artículo N° 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que el Decreto N° 537/2018, autoriza a los funcionarios del rango Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías propiciantes y cuyo monto ascienda hasta el tope establecido para las contrataciones por concurso de precios.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo N° 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, en  consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Apruébase la contratación de los servicios locados de la Dra. Tomasiello Teresa (D.N.I. N° 18.755.583), suscripto en el marco de lo establecido en el Artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el Artículo N° 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 01 de enero de 2025 y hasta el 30 de junio del mismo año, inclusive, según los montos detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud  la confección del Contrato de Locación de Servicios Medicos a suscribirse con  la  Dra. Tomasiello Teresa (D.N.I. N° 18.755.583).-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese  que  los  fondos  necesarios  para  dar  cumplimiento  a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Ctegoría Programática 18.14 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2025.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-

Anexos

Anexo I

Anexo

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