Boletines/Campana
Decreto Nº 70/25
Campana, 29/01/2025
Expediente Municipal Nº 4016-15217-1-2020 - Contratación Dra. Notariestefano
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley N° 14.656; la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.); el DECTO-2024-747-E-MUNICAM-INT; los Decretos Nº 537/2018, Nº 184/2022 (t.v.) y Nº 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-15217-1-2020; y
Considerando
Que mediante el DECTO-2024-747-E-MUNICAM-INT se aprobó la contratación de la Dra. Notariestefano María Fernanda (D.N.I. Nº 21.587.159) por los servicios locados cumplidos en la Unidad Hospitalaria San José.
Que luce el Contrato de Locación de Servicios con la profesional, el cual finalizó el 31 de diciembre de 2024.
Que obra Informe Circunstanciado de la Secretaría de Salud, en la cual se pretende celebrar una nueva contratación con la Dra. Notariestefano.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanente como temporaria, personal profesional de la índole requerida, que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.
Que se glosa la Solicitud de Alta de Proveedor - Servicios Locados para el primer semestre del año 2025.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento e informa no poseer objeciones al respecto. Asimismo, informa número de proveedor: 2274.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la existencia de crédito presupuestario suficiente para la contratación que se pretende realizar.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento de lo informado por la Dirección de Compras, la Dirección de Presupuesto y la Contaduría Municipal, y manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que, en base a lo expuesto, resulta necesario proceder a la suscripción del correspondiente Contrato de Locación de Servicios.
Que el artículo Nº 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo Nº 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del Contrato de Locación de Servicios, para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.
Que el Decreto N° 537/2018, autoriza a los funcionarios del rango Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías propiciantes y cuyo monto ascienda hasta el tope establecido para las contrataciones por concurso de precios.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo Nº 108 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.). Asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y Nº 0007BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la contratación de los servicios locados con la Sra. Notariestefano María Fernanda (D.N.I. Nº 21.587.159), Médica Especialista En Cardiología, suscripta en el marco de lo establecido en el artículo Nº 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo Nº 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 01 de enero de 2025 y hasta el 30 de junio del mismo año inclusive; por el monto mensual de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 620.000,00.-), IVA incluido, por el servicio de médica cardióloga por ocho (8) horas semanales; por el monto de PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 CENTAVOS ($19.375,00.-), IVA incluido, por hora cumplida en consultorio de cardiología; haciendo un costo total por prestación de servicios de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($3.720.000,00.-), IVA incluido. Dicho monto podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes, al igual que la opción de prórroga de contrato.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del Contrato de Locación de Servicios a suscribirse con la Sra. Notariestefano María Fernanda (D.N.I. Nº 21.587.159), Médica Especialista En Cardiología.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1 se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2025.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y la Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-