Boletines/Campana

Decreto Nº48/25

Decreto Nº 48/25

Campana, 28/01/2025

Expediente Municipal Nº 4016-6230-0-2024 Cont. Lic.Russo Antonela Mayra

Visto

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria; suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.); el DECTO-2024-816-E-MUNICAM-INT; los Decretos N° 537/2018, N°184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-6230-0-2024; y

Considerando

Que el Servicio Público de prestación de Salud, brindado por la Unidad Hospitalaria San José, es un servicio imprescindible e ininterrumpible, las 24 horas del día, los 365 días del año.

Que en el presente año abrió sus puertas el Centro de Día ubicado en calle Moreno N° 156 destinado a la atención o acompañamiento de pacientes en el ámbito de salud mental, el cual depende de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y se encuentra bajo la órbita de la Secretaría de Salud.

Que obra DECTO-2024-816-E-MUNICAM-INT mediante el cual se dispuso la contratación de los servicios locados de la Lic. Russo, Antonela Mayra.

Que luce el contrato con la Licenciada Russo suscripto en fecha 22 de agosto de 2024.

Que la Secretaría de Salud emite Informe Circunstanciado mediante el cual se manifiesta la intención de celebrar una nueva contratación con la Licenciada en Psicología Antonela Mayra Russo.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanente como temporaria personal profesional que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que luce la Solicitud de Alta Proveedor – Servicios Locados para el primer semestre del año 2025.

Que el Artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el Artículo N° 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que la Dirección de Compras manifiesta no poseer objeciones al respecto e informa número de Proveedor 3188.

Que la Dirección de Presupuesto ratifica la imputación presupuestaria y adjunta “Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos” al día de la fecha donde se verifica el crédito presupuestario suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que  el Decreto N°  537/2018, autoriza a  los funcionarios  del  rango Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías propiciantes y cuyo monto ascienda hasta el tope establecido para las contrataciones por concurso de precios.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo N° 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

 Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Apruebase la contratación de los servicios locados con la Lic. Russo Antonela Mayra (D.N.I. 36.881.858), en el marco de lo establecido en el Artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el Artículo N° 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, retroactivamente desde el 01 de enero de 2025 y hasta el 30 de junio del mismo año inclusive, por la suma mensual de Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil con 00/100 Centavos ($198.000,00.-), IVA incluido, por módulo de 4 horas semanales cumplidas por la atención en el centro de día con dirección en calle Moreno N° 156 de la Ciudad de Campana, con un monto total adicional por dos módulos semanales de Pesos Dos Millones Trescientos Setenta y Seis Mil con 00/100 Centavos ($2.376.000,00.-), IVA incluido. Dicho monto podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud  la confección del Contrato de Locación de Servicios con la Lic. Russo Antonela Mayra (D.N.I. N° 36.881.858).-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese  que  los  fondos  necesarios  para  dar  cumplimiento  a lo dispuesto en el Artículo 1 se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2025.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-