Boletines/Campana

Decreto Nº31/25

Decreto Nº 31/25

Campana, 21/01/2025

Expediente Municipal Nº 4016-8799-2024 Alcance 1, Cpo 0 "Organos Rectores"

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la aplicación de las Disposiciones de Administración de los Recursos Reales y Financieros, aprobadas por el Decreto Provincial Nº 2980/00 reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades; la Resolución AG 449/11 del Honorable Tribunal de Cuentas; la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-8799-2024 Alcance 1, Cpo 0; y

Considerando

Que el art. 5 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Reales y Financieros,  aprobadas mediante Decreto Provincial N° 2980/00 establece que: “la administración de los recursos de los Municipios comprende al conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen a la obtención y aplicación de los recursos financieros, así como la adquisición, administración y utilización de los recursos reales. La administración financiera estará integrada por los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Crédito Público y Administración de Ingresos Públicos,  en tanto que  la administración de los recursos reales estará conformada por los  Sistemas de Contrataciones,  Administración de Bienes  Físicos, Inversión  Pública y   Administración  de  Personal,   los  que  deberán   operar  interrelacionados   entre  sí, sea su distribución orgánica y dependencias jerárquicas en el Departamento Ejecutivo. Cada uno de los sistemas citados estará a cargo de un agente que actuará en calidad de órgano rector, asumiendo la responsabilidad del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las presentes Disposiciones, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos se adjuntan como anexos”.

Que la Resolución AG 449/11 del Honorable Tribunal de Cuentas, determina que deberá confeccionarse una Nómina de Autoridades hasta la categoría de Secretario, incluyendo los funcionarios de ley, agentes a cargo de los órganos rectores de cada uno de los sistemas y de cada unidad ejecutora del sistema RAFAM.

Que debe existir un Órgano Superior jerárquicamente que ejercerá la coordinación de todos ellos.

Que dicho responsable será quien asuma el cargo en el transcurso del ejercicio, o quien lo reemplace, si así las circunstancias lo requieran.

Que las designaciones de los responsables de los Órganos Rectores corresponderán a la ejecución presupuestaria del ejercicio 2025.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento, sin objeciones que formular al respecto.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que, como consecuencia de ello, se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello;

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Determínase como Órgano Superior jerárquicamente, quien ejercerá la coordinación de los Órganos Rectores del ejercicio 2025, al agente que ocupe el cargo que se detalla a continuación:

Cargo                              Secretario de Economía y Hacienda

ARTÍCULO 2º.-  Determínase como responsables de los Órganos Rectores de cada uno de los Sistemas que integran la Administración Financiera y la Administración de los Recursos Reales para el ejercicio 2025 a los agentes que ocupen los cargos que se detallan a continuación:

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

SISTEMA                                                      ÓRGANO RECTOR

PRESUPUESTO                                DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO MUNICIPAL

Cargo                                                  Directora de Presupuesto

CONTABILIDAD                              CONTADURÍA MUNICIPAL

Cargo                                                  Contador Municipal

TESORERÍA                                      TESORERÍA MUNICIPAL

Cargo                                                  Tesorero Municipal

CRÉDITO PÚBLICO                        CONTADURÍA MUNICIPAL

Cargo                                                  Contador Municipal

ADMINISTRACIÓN DE                   SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

LOS INGRESOS PÚBLICOS

Cargo                                                  Secretaria de Ingresos Públicos

ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS REALES

SISTEMA                                                      ÓRGANO RECTOR

CONTRATACIONES                            DIRECCIÓN DE COMPRAS

Cargo                                                       Director de Compras

ADMINISTRACIÓN DE                      JEFATURA DE PATRIMONIO Y SEGUROS

BIENES FÍSICOS

Cargo                                                      Jefe de Departamento de Patrimonio y Seguros

ADMINISTRACIÓN DE                      DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS

PERSONAL                                           HUMANOS

Cargo                                                     Directora General de Recursos Humanos

ARTÍCULO 3º.- Establécese que las disposiciones del presente Decreto rigen con retroactividad al 02 de enero de 2025.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Ingresos Públicos; el Señor  Secretario de Economía y Hacienda; y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-