Boletines/Campana

Decreto Nº29/25

Decreto Nº 29/25

Campana, 21/01/2025

Expediente Municipal Nº 4016-2115/2023 Alc.1 Cpo. 0 "Comunidades sin Violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género"

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorios; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; la RESO-2023-1174-GDEBA-MMPGYDSGP del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; los Decretos N° 537/2018, N° 184/2022 (t.v.), N° 560/2024 y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-2115/2023 Alc.1 Cpo. 0; y

Considerando

Que el Convenio celebrado entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana tiene como objeto la ejecución del Programa “Comunidades sin Violencias. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género” en el ámbito local, con el objetivo de ampliar la capacidad de respuesta municipal en la prevención, asistencia y atención de las violencias, en pos de trabajar por el respeto al derecho humano de vivir una vida libre de violencias y discriminaciones.

Que obra Resolución RESO-2023-1174-GDEBA-MMPGYDSGP de fecha 1º de diciembre de 2023, del  Gobierno de la Provincia de  Buenos Aires, mediante la cual la Ministra de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires resuelve aprobar el Acta de Adhesión, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente, suscripta en el marco del Convenio celebrado entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana. Asimismo, se autoriza el otorgamiento de Pesos Quince Millones con 00/100 Centavos ($15.000.000,00.-) a la Municipalidad de Campana para la implementación de la Línea Nº 1 del Programa “Comunidades sin Violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”.

Que por el Decreto DECTO-2024-560-E-MUNICAM-INT se incorporó al Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos, año 2024, los fondos provenientes de la RESO-2023-1174GDEBAMMPGYDSGP, correspondientes al Programa “Comunidades sin Violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”.

Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura manifiesta la necesidad de seguir contando para el año 2025 con tres (3) Técnicos en Minoridad y Familia, dos (2) Idóneos y un (1) Psicólogo Social, cuyo desempeño, disponibilidad y experiencia resulten a fin de cumplimentar con el desarrollo del Programa “Comunidades sin Violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género” en nuestro Municipio.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que se ha constatado que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto de la Planta Permanente como Temporaria, personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con la preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que siendo el Municipio el responsable de contratar Profesionales, Técnicos e Idóneos a fin de garantizar la continuidad del Programa aludido en el primer párrafo, la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura debe proceder a encauzar la tramitación necesaria.

Que obra la documentación perteneciente a los Profesionales, Técnicos e Idóneos.

Que obran las Solicitudes de Alta Proveedor-Servicios Locados.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria e informa que el crédito presupuestario será suficiente para la erogación que se pretende realizar, una vez que esta Dirección incorpore al “Calculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos año 2025” mediante un Decreto que oportunamente confeccione el saldo existente al 31 de diciembre del 2024 en el Rubro “Prog. Comunidades sin Violencia–Fort Contra Violencia de Género (Afectado)”

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no se tendrán objeciones que formular una vez que la Dirección de Presupuesto Municipal incorpore al “Calculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos 2025” mediante un Decreto que oportunamente confeccione con el saldo existente al 31 de diciembre de 2024 en el rubro citado.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que el Decreto N° 537/2018, autoriza a los funcionarios del rango Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías propiciantes y cuyo monto ascienda hasta el tope establecido para las contrataciones por concurso de precios.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108° del Decreto-Ley Nº 6759/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.),  asimismo se dicta  en  los términos de  la Ordenanza Nº  6613 promulgada  por  el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese las Contrataciones de las personas que se detallan a continuación, para desempeñarse en el Programa “Comunidades sin Violencia. Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”, según el Convenio celebrado entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, por el período que para cada caso se indica:

  • Camila Belén AVOLIO, D.N.I. N° 41.467.808, Idónea, por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 CENTAVOS ($180.625,00.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 CENTAVOS ($1.264.375,00.-), por dieciocho (18) horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.

  • Nanci Gabriela FERREYRA DO SANTOS, D.N.I. Nº 33.133.505, Psicóloga Social, por la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 CENTAVOS ($222.187,50.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 50/100 CENTAVOS ($1.555.312,50.-), por veintidós (22) horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.

  • Carolina Rocío GALVAN MILLER, D.N.I. Nº 42.419.053, Técnica Universitaria en Minoridad y Familia, por la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 CENTAVOS ($222.187,50.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 50/100 CENTAVOS ($1.555.312,50.-), por veintidós (22) horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.

  • Liliana LOPEZ, D.N.I. Nº 95.415.278, Técnica Universitaria en Minoridad y Familia, por la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 CENTAVOS ($222.187,50.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 50/100 CENTAVOS ($1.555.312,50.-), por veintidós (22) horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.

  • Ana SIDDERS, D.N.I. Nº 32.769.096, Técnica Universitaria en Minoridad y Familia, por la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 50/100 CENTAVOS ($222.187,50.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 50/100 CENTAVOS ($1.555.312,50.-), por veintidós (22) horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.

  • Dalma  Tatiana Sofía VILLALBA, D.N.I.  N° 39.260.629, Idónea, por la suma de  PESOS CIENTO OCHENTA  MIL SEISCIENTOS  VEINTICINCO CON  00/100 CENTAVOS ($180.625,00.-) mensuales, ascendiendo al monto total de PESOS UN MILLÓN  DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO  MIL TRESCIENTOS  SETENTA Y   CINCO  CON   00/100  CENTAVOS   ($1.264.375,00.-),  por  dieciocho  (18)  horas semanales de labor, con retroactividad al 02 de enero de 2025 y hasta el 31 de julio del mismo año, inclusive.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 17.11 “Prog. Comunidades sin Violencia-Fort. Contra Violencia de Género (Afectado)", Partida Presupuestaria 3.4.9 “Servicios Técnicos y Profesionales-Otros”, Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura; y la Jefatura de Gabinete.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-