Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 62
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/05/2025
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma "Distribuidora MDH Bahía S.R.L." solicita factibilidad para el desarrollo del uso "Venta al por mayor de artículos de ferretería" en el inmueble sito en calle Manuel Molina Nº 264, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 7 del expediente 0/00-8210/2022, el Departamento Territorial informa que el inmueble en cuestión se identifica catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 91 b - Parcela: 9 b - Partida: 62.027.
Que a fs. 10 del expediente 0/00-8210/2022, el Departamento Planeamiento Urbano informa que dicho inmueble pertenece a la Zona Residencial Centro Bajo (RCb (1)).
Que según el cuadro Nº 5 (Clasificación Urbanística de los Depósitos) del Código de Planeamiento Urbano, por analogía de usos con la zona R2, la zona RCb admite la instalación de depósitos con grado de molestia III, IV y V; con las siguientes restricciones:
- Superficie cubierta en m²: Hasta 300 m².
- Máximo desarrollo sobre L.M.: 10 metros.
Que según el cuadro Nº 4 (Clasificación de los Depósitos según molestias) del Código de Planeamiento Urbano, la actividad "Venta al por mayor de artículos de ferretería" se encuadra en el uso "Ferretería en general" clasificado con grado de molestia IV, y se encuentra permitido en la Zona RCb, siempre que se cumplan las restricciones indicadas precedentemente.
Que el mencionado Departamento observa que excede la restricción de superficie cubierta en m² y el máximo desarrollo sobre línea municipal.
Que a fs. 13 del expediente 0/00-8210/2022, el entonces Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano informa que habiendo observado el expediente de construcción H-1157/2021, de donde se desprende que la superficie destinada a depósito no supera los 300m² y que la restricción respecto a la línea municipal se encuentra dentro de la tolerancia aceptada (5%), considera que la presentación realizada se encuentra dentro de la normativa vigente.
Que a fs. 25 del expediente 4007-523/2024, el Subsecretario de Planeamiento Urbano informa que respecto a la superación de la restricción de superficie cubierta, entiende que podría otorgarse la factibilidad solicitada en el marco del artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano considerando que el uso propuesto se encuentra permitido en la zona en cuestión.
Que asimismo, dicho Subsecretario aclara que el incremento de superficie según el plano adjunto a fs. 21, no afecta a la provisión del espacio necesario para que las operaciones de carga y descarga se cumplan obligatoriamente dentro de la parcela.
Que a fs. 26 del expediente 4007-523/2024, la Secretaria de Planeamiento Urbano comparte lo expresado precedentemente por el Subsecretario, respecto a que podría otorgarse la factibilidad solicitada atento que el uso propuesto se encuentra permitido en la zona en cuestión, en el marco de lo establecido en el Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano como "Uso admisible especial".
Por todo lo expuesto, la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades que le confiere en el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar, en el marco del Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano, factibilidad para el desarrollo del uso "Venta al por mayor de artículos de ferretería" en el inmueble sito en calle Manuel Molina Nº 264, identificado catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 91b - Parcela: 9 b - Partida: 62.027, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en los expedientes 0/00-8210/2022 y 4007-523/2024.-
SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, notifíquese, dése al R.O., Tomen conocimiento los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano, Habilitaciones y demás dependencias municipales que correspondan.