Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 22066
Bahia Blanca, 24/04/2025
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 401, por el cual tramita el pago de la Factura B nº 00002-00001186, por un monto de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 6.834.576,66) de la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha factura corresponde al pago del Certificado nº 17 (Final) de la obra “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” adjudicada a la empresa PROBRAS BAHIA SRL. por Decreto nº 1151/2023 de fecha 19 de abril de 2023, con orden de Compra nº 3040/2023 y Registro de Compromiso nº 6495; de fojas 369 a 400 se incorpora copia fiel del expedientillo nº 416R-3161-2023-0-19, mediante el cual se tramita el pago referido.
Que a fojas 33 del expedientillo 416R-3161-2023-0-19, la Contadora General informa que dicho gasto correspondiente al ejercicio económico 2024, no se encuentra contemplado, por lo que no está incluidlo en la Deuda Flotante.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y el artículo 54 del Decreto Provincial nº 2980, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar la deuda y efectuar el pago a través de Contaduría General de la Factura B nº 00002-00001186, por un monto de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 6.834.576,66), a la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., en concepto de pago del Certificado nº 17 (Final) de la obra de referencia, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en el expediente nº 416R-3161-2023.
Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto en el artículo 1º correspondía en su año de origen a la Partida 4.2.1.0, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 51.61.00, Fuente de Financiamiento 133 del presupuesto de gastos del año 2024, el cual deberá imputarse en la deuda flotante del presupuesto de gastos del ejercicio vigente.
Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.