Boletines/Lujan
Ordenanza Nº 8460
Lujan, 29/11/2023
El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizase a emplazar un monumento en honor a los Veteranos de Guerra de Malvinas de las Localidades de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortines, según se referencia en el ANEXO II (IF-2022- 00096683- MUNILUJAN-IFTL), ANEXO III (IF-2023-00164664-MUNILUJAN-UP) y ANEXO IV (IF2023-00164663-MUNILUJAN-UP) que forman parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 2º.- Autorizase a colocar en acompañamiento al monumento mencionado en el Artículo que antecede, una placa conmemorativa con la siguiente leyenda: “A 41 años de la Gesta de Malvinas, los pueblos de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortines rinden honores a sus Veteranos: EDUARDO GONZÁLES, JAVIER VILLAFAÑE, JUAN DODARO, ALFREDO MARTINI, GUSTAVO CORIA, CARLOS FERNANDEZ, SANTIAGO CHOULET, JOSÉ PITRAU, ENRIQUE ALVAREZ, DANIEL ALVAREZ, MIGUEL ALBARELLO, MARCELO FERRARI, EDUARDO GARCÍA, CÁCERES HUGO, CARLOS JECH, WALTER SAMARRO, JORGE MACIEL, ARTURO PEDEUBOY, MARCELO ESNAOLA, EDUARDO ASTURIANO”. Ordenanza N°... /2023. Luján,... del 2023. Honorable Concejo Deliberante de Luján.
Artículo 3º.- Aceptase la donación de una placa de acero inoxidable con la impresión del contorno de las Islas Malvinas por parte de los vecinos el Sr. Juan Ángel Lavorato y el Sr. Marcelo Rodríguez, cuya extensión comprende dos metros y treinta centímetros (2mts y 30cm) de largo, por un metro y veinte centímetros (1mt y 20cm) de ancho, detallado en el ANEXO II (IF-2022-00096683-MUNILUJAN-IFTL).-
Artículo 4º.- Todos los gastos que ocasione dicho emprendimiento, correrán por cuenta del Departamento Ejecutivo.- Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.-