Boletines/Chascomús
Resolución Nº 73/25
Chascomús, 03/04/2025
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00013139- CHASCOMUS-DH#SH s/ Solicitud de habilitación para unidad vehicular, iniciado por el Sr IRAZOQUI Eduardo Benito, DNI 20.012.956; y
Considerando
Que la solicitud de habilitación para prestar servicio como “REMIS” en la agencia “REMISES JB” de nuestra ciudad, de la unidad vehicular Marca RENAULT LOGAN II, Modelo Privilege, Dominio AC068PB.
Que la Ordenanza N°4739/2014, Artículo 7°, regula la habilitación de los remises.
Que el peticionante ha presentado la documentación exigida para la habilitación peticionada.
Que corresponde hacer saber al peticionante que resulta una obligación mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación, es decir recibo de pago de Patente, Póliza de Seguro, Verificación Técnica Vehicular y Licencia de Conducir.
Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la correspondiente habilitación.
Que, asimismo resulta obligatorio que el vehículo cuente con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuegos y botiquín de primeros auxilios.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la habilitación de la unidad vehicular Marca RENAULT LOGAN II, Modelo Privilege, Dominio AC068PB, propiedad del Señor IRAZOQUI Eduardo Benito, DNI 20.012.956, tramitada mediante Expediente EX2025-00013139-CHASCOMUS-DH#SH, para prestar servicio como “REMIS” en la agencia “REMISES JB” de nuestra ciudad, de acuerdo a la Ordenanza N°4739/2014, Artículo 7°, que regula la habilitación de los remises.-
ARTICULO 2°.- Establécese que el vehículo deberá contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuegos y botiquín de primeros auxilios. Asimismo declárese obligatorio para el peticionante mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación: Recibos de Pago del Impuesto Automotor, Póliza de Seguro, Verificación Técnica Vehicular y Licencia de Conducir, debiendo presentarse la misma en el Área de Habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la habilitación.-
ARTICULO 3°.- El vencimiento de la presente habilitación es el día 31 de MARZO de 2026 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Oficina de Habilitaciones, propietario.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-