Boletines/Chascomús

Decreto Nº317/25

Decreto Nº 317/25

Chascomús, 25/04/2025

SUBSIDIO JEFATURA DITRISTAL

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00014671-CHASCOMUS-MESA#SG iniciado a raíz de la “Solicitud de Subsidio para vallado EPN°1” requerido por Jefatura Distrital de Chascomús; y

Considerando

Que a través de una nota suscripta por la Inspectora Jefe Distrital de Chascomús, se plantea la necesidad de proceder al vallado del edificio que ocupa la Escuela Primaria N° 1 “Bernardino Rivadavia”, rodeado por las calles San Martín, Moreno, Lavalle y Castelli.

Que a raíz de desprendimientos de mampostería en las partes más altas del histórico edificio y a efectos de garantizar la seguridad de la comunidad educativa y de los vecinos en general, se solicita la colaboración de la Municipalidad para tales tareas.

Que al orden se agrega informe de la Subsecretaría de Infancias y Juventudes del que surge que emite criterio favorable al otorgamiento de un subsidio económico a la Escuela Primaria N° 1 "Bernardino Rivadavia" de Chascomús para incorporar medidas de seguridad alrededor de su histórico edificio debido a que se han producido desprendimientos de mampostería que representan un riesgo para los transeúntes.

Que ese servicio educativo, el más antiguo de nuestro distrito, celebrará su centenario en 2026, y cuenta con un edificio monumental en pleno casco histórico de nuestra ciudad, el cual requiere de intervenciones para garantizar su conservación.

Que cabe señalar que a partir de un convenio suscripto por la Municipalidad de Chascomús y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra en proceso licitatorio una importante obra de restauración, a cargo de la Municipalidad y con fondos de la Provincia. No obstante, hasta que la misma se concrete, y a efectos de prevenir accidentes resulta necesario efectuar el vallado de la manzana que ocupa la escuela.

Que se encuentra agregado al orden 10 el presupuesto del que surge el costo de los materiales para proceder al vallado requerido.

Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices de coparticipación, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación.

Que, según Doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida Ley, incluyendo la construcción y/o mantenimiento de infraestructura, generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico a fin de mejorar la calidad educativa, adquisición y/o mantenimiento de equipamiento escolar u otra finalidad educativa.

Que en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta adecuado a los fines del Estado otorgar a la D.G.C. y E., Jefatura Distrital de Chascomús, un subsidio sujeto a rendición de cuentas, permitiéndole de esa manera afrontar el costo de los materiales necesarios para el vallado del edificio que ocupa la Escuela de Educación Primaria N° 1 “Bernardino Rivadavia” rodeado por las calles San Martín, Moreno, Lavalle y Castelli de esta ciudad.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio a la D. G. C. y E., Jefatura Distrital de Educación de Chascomús por un monto de PESOS QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO con 28/100 ($506.471,28) para afrontar el costo de los materiales necesarios para el vallado del edificio que ocupa la Escuela de Educación Primaria N° 1 “Bernardino Rivadavia” rodeado por las calles San Martín, Moreno, Lavalle y Castelli de esta ciudad, sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.-  Autorícese la percepción del mismo, al proveedor de los materiales INCHAUSPE Marcos Nicolás –La Casa del Tornillo- CUIT N° 20-26318582-0, por medio de transferencia bancaria a la cuenta corriente en pesos del Banco Provincia de Buenos Aires N° 52728/2, sucursal N° 6942, CBU 0140331001694205272828.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos, Partida 5.3.6.0, Fuente de Financiamiento 132 – Origen Provincial, Rubro 1141300 - Fondo Educativo.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Subsecretaría de Infancias y Juventudes, Dirección de Educación, Contaduría, Tesorería y Jefatura Distrital de Educación de Chascomús.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-