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Decreto Nº310/25

Decreto Nº 310/25

Chascomús, 23/04/2025

EXIMICION IMPUESTO AUTOMOTORES

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00014333-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “SEIF Francisco José. Solicitud de eximición. Expte. 166768“; y

Considerando

Que mediante nota SEIF Francisco José, DNI 11.912.797, con domicilio en calle Azul Nº 269, solicita la eximición de pago de Impuesto al Automotor del Vehículo Marca FORD, Modelo ECOSPORT Rural, Año 2012, Dominio MJL776.

Que adjunta Titulo Automotor, Licencia de Conducir, Póliza de Seguro y Certificado Único de Discapacidad perteneciente al peticionante.

Que tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo provincial.

Que en relación al tema planteado el inciso f) del Artículo 243º del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de Impuesto al Automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio

Que, en éste último caso, indica la norma, “…el titular deberá ser el cónyuge, ascendente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, o la persona que sea designado apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales”.

Que en virtud de constatarse que la titularidad del vehículo corresponde al peticionante y a su cónyuge en un 50% respectivamente, contando con certificado expedido en los términos de la Ley 22.431, deberá otorgarse la exención de pago del Impuesto a los Automotores en su totalidad, hasta tanto no se modifiquen las circunstancias que originaron el otorgamiento de dicho beneficio.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde hacer lugar a la eximición solicitada por SEIF Francisco José en relación al vehículo Marca FORD, Modelo ECOSPORT Rural, Año 2012, Dominio MJL776.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Exímase en un 100 % del pago del Impuesto al Automotor en los términos del inciso f) del Art. 243º del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires al vehículo Marca FORD, Modelo ECOSPORT Rural, Año 2012, Dominio MJL776, de titularidad del Sr SEIF Francisco José, siempre que no se modifiquen las circunstancias que originaron el beneficio de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Dirección de Ingresos Públicos y peticionante.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín)

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-