Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5887/25

Ordenanza Nº 5887/25

Chascomús, 10/04/2025

VISTO:

Los Expedientes Administrativos N°4030-158427/M, caratulado “Informe de maquinaria fuera de uso: Motoniveladora Cheng Ghong RP 3840; Motoniveladora Cheng Ghong RP 3389; Motoniveladora Huber Wabco motor 4A92106RC; Motoniveladora Astarsa Serie 736/60”, N° 4030-158427/M Alc. 1, caratulado “Compactadora de Arrastre Grospal, RP 8663, Informe máquina fuera de uso” y N° 4030-158748, caratulado “Baja por encontrarse en desuso Topadora Fiat Allis, RP 3463. Retroexcavadora Samsung Dominio AAQ 31”, iniciados por la Secretaria de Servicios Públicos y Expediente Administrativo N° 4030-157996/M Alc. 1, caratulado “Bienes municipales en desuso. Baja patrimonial”, iniciado por la Dirección de Patrimonio; y

CONSIDERANDO:

Que obran informes en los Expedientes Administrativos 4030- 158427/M y 4030-157996/M Alc. 1, por parte del Secretario de Servicios Públicos, sobre máquinas que se encuentran fuera de uso, solicitando la baja de las mismas por ser excesivamente costosos su reparación.

Que las maquinas fuera de uso son, Motoniveladora Cheng Ghong 1320 Serie 120 RP 3389; Motoniveladora Cheng Ghong 1320 Serie 119 RP 3840; Motoniveladora Huber Wabco año 1970, motor 4A92106RC; Retroexcavadora Pristsman Mustang 120 MK111/90 RP 2363; y Retroexcavadora c/ pala cargadora Klia 200 RP 3407.

Que asimismo en el Expediente Administrativo N° 4030-157996/M Alc. 1, a fojas 122/125 y 209/212, obra informe emitido por Patrimonio, confeccionando un listado de los diversos bienes municipales que se encuentran en desuso, consecuencia de su desgaste e imposibilidad de reparación, solicitando la baja de los mismos

Que se trata de bienes que han cumplido su vida útil o que se encuentran en un estado de deterioro generalizado, con daños irrecuperables y/o que los costos de reparación se asemejan a los de reposición.

Que conforme los arts. 167 y 168 de la L.O.M., la contabilidad municipal tendrá por base el inventario general de bienes debiéndose registrar las bajas y altas de inventario.

Que a fs. 2 del Expediente Administrativo N° 4030-158427/M, a fojas 6 del Expediente Administrativo N° 4030-158427/M Alc. 1 y a fojas 15 del Expediente Administrativo N° 4030-158748, obran informes del Secretario Servicios Públicos, solicitando autorización para efectuar la venta de una Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60, Topadora Fiat Allis, RP 3463, Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31 y Compactadora de Arrastre RP 8663.

Que, de los informes producidos sobre el estado de conservación de los Bienes, ilustrando con fotografías, surge la necesidad del reemplazo de dichas unidades.

Que la venta del bien posibilita generar ingresos económicos para la adquisición de nuevas herramientas para la Secretaria de Servicios Públicos.

Que incumbe, previo a la decisión de retiro fuera de servicio y venta, desafectarlo del Patrimonio Municipal.

Que corresponde al Departamento Deliberativo autorizar la venta de Bienes Municipales según el artículo 54 de la L.O.M.

Que concierne destacar que, en materia de venta de bienes municipales, el artículo 159 del Decreto-Ley Nº 6769/58 establece la regla general según la cual los mismos serán enajenados por remate o licitación pública, disponiendo a continuación las excepciones a ese principio (licitación privada, concurso de precios o venta directa). Dicha regla es de aplicación a toda clase de bienes municipales, aún a aquellos muy antiguos, inservibles o sin valor alguno, los que en tal caso deberán ser subastados como chatarra o como bienes en condición de rezago, sin perjuicio de la posibilidad de su transferencia a título gratuito, con ajuste a lo dispuesto por la primera parte del artículo 56 del texto legal citado.

Sin perjuicio de ello, en todos los casos las enajenaciones de bienes deberán ser autorizadas por el Honorable Concejo Deliberante y llevadas a cabo por el Departamento ejecutivo (artículos 55 y 158 de la L.O.M.).

Que para tal fin corresponde la intervención del Honorable Concejo Deliberante.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a dar de baja del Inventario Municipal los Bienes: Motoniveladora Cheng Ghong 1320 Serie 120 RP 3389; Motoniveladora Cheng Ghong 1320 Serie 119 RP 3840, Motoniveladora Huber Wabco año 1970 motor 4A92106RC; Retroexcavadora Pristsman Mustang 120 MK111/90 RP 2363; Retroexcavadora c/ pala cargadora Klia 200 RP 3407, Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60; Topadora Fiat Allis, RP 3463; Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31; y Compactadora de Arrastre RP 8663, y los bienes detallados a fojas 122/125 y 209/212 del Expediente Administrativo N° 4030-157996/M Alc. 1, considerados fuera de uso y/o rezago atento a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta de la maquinaria Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60; Topadora Fiat Allis, RP 3463; Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31; y Compactadora de Arrastre RP 8663, las cuales están en situación de desuso y cumpliendo con lo establecido en el artículo 54°, 158° y cc de la LOM.-

ARTICULO 3°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a utilizar los fondos obtenidos producto de la venta para la adquisición de nuevos bienes para la Secretaria de Servicios Públicos.-

ARTICULO 4°. De forma.-