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Decreto Nº285/25

Decreto Nº 285/25

Chascomús, 11/04/2025

INCREMENTO SALARIAL ABRIL 2025

Visto

El Decreto N° 894/2024 y la Ordenanza N° 5445/2019; y

 

Considerando

Que, en la última reunión por el acuerdo salarial del año 2024, entre el Ejecutivo Municipal y los representantes sindicales, se fijó el aumento para el mes de enero de 2025, dando comienzo así al acuerdo del presente año y en el cual se estableció convocar a una nueva reunión de la mesa salarial para el mes de marzo de 2025, a los efectos de tratar la actualización del salario de los trabajadores municipales.

Que dicha metodología de trabajo encuentra precedentes de compromisos conjuntos –Gobierno y Sindicatos- desde hace varios años en el ámbito local.

Que las finanzas del Municipio continúan siendo afectadas por la retracción de la economía que impacta sobre los ingresos y el aumento considerable de precios de insumos y servicios necesarios para llevar adelante la operatoria habitual.

Que, a su vez, debido a la evolución de la inflación, es necesario realizar una actualización del salario para la totalidad de la planta municipal afectada a la Ley 14656.

Que se mantuvieron reuniones de mesa salarial, los días 28 de febrero, 14 de marzo, 8 de abril y 10 de abril del corriente, luego de las cuales el Ejecutivo arribó a una propuesta de mejora, en función de la evolución de la inflación y de las posibilidades financieras actuales del Municipio. 

Que los representantes gremiales y el Departamento Ejecutivo acordaron un incremento salarial de los trabajadores en la totalidad de las categorías y en cada agrupamiento del escalafón Municipal del 10 % a partir de abril de 2025 (calculado sobre la base de marzo de 2025).

Que lo acordado arroja un aumento acumulado del 26,5 %, sobre el salario de diciembre del año 2024, para el primer semestre del año 2025 (enero a junio de 2025).

Que los aumentos de las remuneraciones son para el personal de Planta Temporaria y Permanente comprendidos en la Ley Provincial N° 14656, que regula las relaciones de Empleo Público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, respetando la proporcionalidad horaria.

Que el estado económico financiero actual permite realizar dicha actualización salarial a partir del 01/04/2025.

Que, por lo expuesto, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Abónese un Incremento Salarial Remunerativo, de los sueldos básicos y bonificaciones remunerativas; en todas las categorías y en cada agrupamiento del Escalafón Municipal correspondientes al personal de Planta Temporaria y Permanente comprendidos en la Ley Provincial N° 14656, respetando la proporcionalidad horaria, del 10 % a partir del 1° de abril de 2025 calculado sobre la base de marzo 2025.-

ARTICULO 2°.- La Escala Salarial quedará conformada de acuerdo al Anexo que forma parte del presente.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Liquidaciones, Dirección Administrativa de RR.HH, Dirección Administrativa del Hospital San Vicente de Paul, Gremios Municipales, I.P.S., Oficina de Jubilaciones y Dirección de Comunicación.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

Anexos

ANEXO

INCREMENTO SALARIAL ABRIL 2025

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