Boletines/Chascomús
Decreto Nº 267/25
Chascomús, 07/04/2025
INTEGRACION JUNTA EVALUADORA DE DISCAPACIDAD
Visto
La necesidad de conformar una nueva Junta Evaluadora de Discapacidad a cargo Dirección de Accesibilidad y Derechos de las Personas con Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y
Considerando
Que ante lo requerido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Región Sanitaria XI, dicha Junta Evaluadora de Discapacidad debe estar integrada por un Profesional Médico, un Trabajador Social y un Licenciado en Psicología, Terapista Ocupacional o Fonoaudiología.
Que el fin de la Junta Evaluadora de Discapacidad es la elaboración de formularios únicos de discapacidad.
Que se deben realizar los mecanismos administrativos pertinentes a los efectos de cumplimentar con lo solicitado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a través de la Región XI a efectos que los profesionales puedan presentarse al examen que otorgue firma digital para la evaluación de Certificado Único de Discapacidad.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del día 1° de Abril de 2025 a profesionales que podrán integrar la Junta Evaluadora de Discapacidad, la cual dependerá de la Dirección de Accesibilidad y Derechos de las Personas con Discapacidad
ARTICULO 2°.- Desígnase como sede o ámbito específico las instalaciones que disponga la Dirección de Accesibilidad y Derechos de las Personas con Discapacidad y siendo la atención al público un día semanal.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Gobierno, Dirección Administrativa de RR.HH., Secretaría de Salud, Región Sanitaria XI, Dirección de Accesibilidad, Hospital Municipal "San Vicente de Paúl" y Dirección de Liquidaciones.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-