Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 827/2025
Coronel Suárez, 11/04/2025
Visto
la difícil situación socio económica que actualmente atraviesan las familias de nuestro medio que constituyen el objeto de Desarrollo Social, y-
Considerando
Que mediante Trabajadores Sociales del Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño, se corrobora la necesidad de incorporar la figura de un acompañante terapéutico como estrategia integral para abordar y revertir situaciones de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes;
Que no pudiendo satisfacer por sus propios medios las necesidades básicas del grupo familiar, por encontrarse la mayor parte en un estado de extrema necesidad, la Subsecretaría de Desarrollo Social de esta Comuna considera necesario otorgar Asistencia Económica Excepcional, a fin de paliar dicha situación;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Otórguese una AYUDA EXCEPCIONAL a las siguientes personas a - - - - - saber, por los montos especificados en cada caso, según lo expuesto en los considerandos del presente:
CORONEL SUAREZ
CASTRO LORENA ROSA E. DNI 92,484,464 $ 142,760
GRAFF MARIA CELESTE DNI 38,917,724 $ 153,467
MERCADO ANA PAULA DNI 45,319,550 $ 128,484
MONDOTEGUI LEONEL SERGIO A. DNI 37,630,637 $ 189,157
ROJAS MARIA INES DNI 20,049,427 $ 67,811
SCHULMEISTER MELANIA L. DNI 34,418,401 $ 92,794
STEIN LEONELA ABIGAIL DNI 41,194,747 $ 71,380
VELAZQUEZ CRISTINA SOLEDAD DNI 25,088,159 $ 264,106
VIDONDO CLAUDIO MARCELO DNI 35,231,749 $ 219,493
VILLCA DANIELA PATRICIA DNI 39,069,526 $ 71,380
VILLCA DANIELA PATRICIA DNI 39,069,526 $ 92,794
SANTA TRINIDAD
KESSLER NATALIA ROSANA DNI 33,769,988 $ 207,002
ART. 2º: Por Contaduría se liquidará el subsidio que se concede por el artículo - - - - - anterior, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.011.6000 “Subsecretaría de Desarrollo Social”, Categoría Programática: 53.00.00 “Serv. Local de Prom. Y Protección Derechos del Niño” - Objeto del Gasto: 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas”.-
ART. 3º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 827