Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº741/2025

Decreto Nº 741/2025

Coronel Suárez, 01/04/2025

Visto

la voluntad manifestada públicamente por el Sr. Intendente de Coronel Suárez, el art. 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades –Decreto Ley 6769/58-, y el Decreto N° 549/25 y

Considerando

Que el art. 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que: “El Intendente gozará del sueldo que le asigne el Presupuesto, el que en ningún caso podrá ser inferior a diez (10) sueldos mínimos. El sueldo mínimo a que hace referencia el presente artículo será el resultante de considerar el sueldo básico de la categoría inferior del ingresante en el escalafón administrativo de cada Municipalidad, en su equivalente a cuarenta horas semanales, sin comprender ninguna bonificación o adicional, inherentes a la categoría inferior, que no estén sujetos a aportes previsionales. (…) Los Municipios que tengan dieciséis (16) y dieciocho (18) Concejales, a catorce (14) (…).”.-

Que el Decreto N° 549 de fecha 28 de febrero de 2025 contempla la modificación a partir del 1ro. de Marzo 2025 del RÉGIMEN HORARIO GENERAL MUNICIPAL de todos los trabajadores que revisten cuarenta (40) horas semanales, debiendo pasar a cumplir treinta y dos horas media (32.30 Hs) sin ninguna modificación del salario que actualmente percibe y que el Decreto N° 694/25, establece la nueva escala salarial para los empleados municipales de planta permanente y temporarios.-

Que de todo lo expuesto, se desprende la necesidad, y el imperativo moral de adecuar la percepción de los ingresos percibidos por el Sr. Intendente Municipal, a pesar de no existir herramienta legal que permita renunciar a un porcentaje de sus haberes.-

Que por todo lo expuesto y en vista a las modificaciones efectuadas en el régimen de jornadas laborales de los empleados municipales, es que el Sr. Intendente manifiesta su voluntad de donar al municipio mensualmente el incremento de sueldo que resulte de aplicar la nueva escala salarial a partir del 01 de marzo, producto de la modificación en los regímenes horarios, el cual ingresara a la Cuenta de Recursos Ordinarios de la Comuna y se reflejara en el sueldo que percibe como intendente desde el 01 de marzo del presente y por el plazo restante de su mandato vigente.-

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

 

ART. 1º: Disponer la donación, y posterior aceptación conforme Ley Orgánica              - - - - - de las Municipalidades, del incremento del sueldo del Señor Intendente Municipal, Lic. Ricardo A. Moccero, que resulte de aplicar la nueva escala salarial a partir del 01 de marzo del presente año, producto de la modificación en los regímenes horarios conforme Decreto N° 694/25 y hasta la finalización de su mandato.-

ART. 2º: Instrúyase a la oficina de Personal a realizar el cálculo y hacer                - - - - - efectivo el presente a través del recibo de haberes del Sr. Intendente Municipal, debiendo ingresar y/o transferir a la Cuenta de libre disponibilidad de Recursos Ordinarios de la Municipalidad Nº 6847-11824/8 CBU 0140352501684701182488, ALIAS: REC.ORDINARIOS.SUA, el monto correspondiente.-

ART. 3º: El presente Decreto se dicta Ad- Referendum del Honorable Concejo                - - - - Deliberante.-

ART. 4º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, cúmplase y                    - - - - - oportunamente archívese.-

 

 

DECRETO Nº 741