Boletines/Tandil

Decreto Nº1318/2025

Decreto Nº 1318/2025

Tandil, 13/05/2025

Visto

Que se constató la percepción de ingresos por encima a lo previsto en el Cálculo de Recursos vigente para el corriente ejercicio, se propone la siguiente ampliación presupuestaria, a fin de garantizar la debida financiación de los gastos dados en el Presupuesto de Gastos, y la facultad que confiere a este Departamento Ejecutivo el Art. 119º de la L.O.M., y el Art. 75º del R.C. y D.A..

Considerando

Lo informado al respecto por el Director de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Increméntase el Cálculo de Recursos vigente en la suma de TRESCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS CON 79/100 ($ 301.596.039,79), con fondos efectivamente percibidos en cuentas financiadas con recursos afectados, conforme los montos que se detallan seguidamente en el Anexo A que forma parte del presente.

Artículo 2º: Ampliase el Presupuesto de Gastos en vigencia en la suma de TRESCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS CON 79/100 ($ 301.596.039,79), con fondos efectivamente percibidos en cuentas financiadas con recursos afectados, conforme los montos que se detallan seguidamente en el Anexo B que forma parte del presente.

Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2º) del presente decreto, serán financiados con el incremento de recursos que por el Artículo 1º) de este decreto se dispone. Artículo

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente pase a "Guarda Temporal".

Firma Digital: Jesús Martín Echeverría (Secretario)            -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Secretaría de Economía y Administración              -                     Intendencia

Anexos

ANEXO A

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ANEXO B

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