Boletines/Salto

Decreto Nº0438/25

Decreto Nº 0438/25

Salto, 22/01/2025

Visto

la Nota Registro Interno Nº0123/2025 presentada por las Autoridades del Hospital Municipal “Presidente Juan D. Perón” de esta ciudad; y

Considerando

Que, mediante la misma solicitan la contratación del Médico NICOLÁS FERRETTI a efectos de brindar servicio de guardia médica general de 24hs. en el Nosocomio Local;

Que, las áreas contables informan la imputación presupuestaria correspondiente y solicitan el dictado del acto administrativo que autorice dicha erogación, destacando la necesidad de declarar la incompetencia del Municipio por carecer del personal idóneo para llevar a cabo la tarea pretendida por el área solicitante;

Que la Dirección de Asuntos Legales estima que se encontrarían reunidas las condiciones para el dictado del acto administrativo que disponga la contratación y el consecuente pago de la tarea comisionada;

Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Disponer la incompetencia de la Municipalidad de Salto en el marco del artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por carecer de personal profesional de la medicina disponible para ser afectado al Servicio de Guardias Médicas del Hospital Municipal “Presidente Juan Domingo Perón.-

ARTICULO 2º: Desde el 01 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2025 inclusive, contratar al Médico NICOLÁS LEANDRO FERRETTI, D.N.I. Nº29.730.340, M.P. Nº23.449 con domicilio en Avenida Centenario Nº729 de la localidad de Peyrano, Pcia. de Santa Fé a fin que realice guardias médicas de 24hs. en el Servicio de Guardia Médica General del Hospital Municipal “Presidente Juan D. Perón”, de esta ciudad, percibiendo por el servicio, las sumas indicadas en el siguiente cuadro:

VALOR DE GUARDIA ACTIVA (24 hs)

       

DIAS HABILES

$230.000

DIAS NO HABILES

$280.000

GUARDIAS UNIPERSONALES ACTIVAS DE 24 hs.

DIAS HABILES

$368.000

DIAS NO HABILES

$448.000

 

GUARDIA PASIVA 24 hs.

DIAS HABILES

$138.600

DIAS NO HABILES

$168.000

 

 

 

 

 

ARTICULO 3º Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar el correspondiente contrato de locación de servicios; y a la Dirección de Contaduría, a librar las correspondientes Órdenes de Pago.-

ARTICULO 4º: La erogación mencionada deberá ser imputada con cargo a la Jurisdicción 1110113000 - Secretaría de Salud; Categoría programática: 71.01 Asistencia en el Hospital Local; Partida parcial: 3.4.2 - Médicos y Sanitarios; Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro municipal del  Presupuesto en vigencia.-

ARTICULO 5º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-