Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0217/25
Coronel Pringles, 03/02/2025
Visto
el Expediente N° 0705/24 iniciado por Secretaría de Salud; y
Considerando
Que a fs. 37 el Administrador de Hospital solicita se arbitren los medios para proceder a la ampliación de la contratación a fin de mantener la cobertura del cargo de “Médico de Guardia Pasiva categoría 1 para el servicio de Clínica Médica” en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, bajo las mismas condiciones que el concurso previo por el que se llama a cubrir el cargo, desde el 01/01/2025 hasta el 31/12/2025;
Que por tal motivo y atendiendo a la necesidad en carácter de urgente de afrontar la responsabilidad de dicho cargo, corresponde autorizar la referida solicitud;
Que la renovación de contratación del Dr. Luis González Estevarena, que se procede a hacer efectiva dicha solicitud teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollarlas mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Dr. GONZALEZ ESTEVARENA Luis, D.N.I. Nº 18.570.999, MP 1772, a partir del 01/01/25 y hasta el 31/12/25, para cubrir el cargo de “Médico de Guardia Pasiva categoría 1 para el servicio de Clínica Médica” en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, por ser el profesional acreditado para desempeñar el mismo, con una remuneración correspondiente con los valores establecido para las mismas y de acuerdo a la certificación del área.
ARTICULO 3°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender lo dispuesto en el Artículo 2º por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”- Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con Internación”- Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios” - Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0217/25.