Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0209/25
Coronel Pringles, 31/01/2025
Visto
el Expediente N° 0167/25 iniciado por la Sra. Fernandino Griselda y Eduardo; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le reintegre las sumas correspondientes al “Fondo de Salud Solidario” y al “Fondo Solidario del Centro de Día”, o su compensación con la tasa de Red Vial, ello debido a que dichos ítems componen la tasa de Servicios Urbanos, pudiendo el contribuyente manifestar su adherencia o no a ellos;
Que el departamento de Recaudación Informa que la solicitante abono el pago anual de la Tasa de Servicios Urbanos, Partida Nº 4408, el día 14/01/2025;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;
Que por tal motivo correspondería proceder a compensar la suma de $19.200,00, abonada en concepto de contribución para “Fondo de Salud Solidario” y “Fondo Solidario del Centro de Día”, por manifestar el contribuyente su decisión de no adherir a ellos, con la cuota 02/2025 de la Tasa de Red Vial, Partida Nº 11951, perteneciente a la Sra. Sra. Fernandino Griselda, DNI 10.997.322, lo que así dictaminan la Contaduría Municipal y la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1: Compénsense la suma de PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS ($19.200,00) correspondiente al pago anual del “Fondo de Salud Solidario” y “Fondo Solidario del Centro de Día”, componente de la tasa de Servicios Urbanos, Partida Nº 4408, perteneciente a la Sra. Fernandino Griselda DNI 10.997.322, con la con la cuota 02/2025 de la tasa por Red Vial, Partida Nº 11951, de misma titularidad, de acuerdo a los motivos expresados en el exordio del presente, en el marco del Articulo 49 de La Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO N° 0209/25.