Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0168/25

Decreto Nº 0168/25

Coronel Pringles, 27/01/2025

Visto

y

Considerando

los Expedientes Nº 0015; 0067; 0081; 0083; 0094; 0114; 0115; 0123; 0124; 0125, y 0136 iniciados por el Secretario de Gobierno y Seguridad, Sr. Jackson Sergio A.; por el Director de Seguridad, Sr. Lanezan Hugo; por la Delegada Municipal, Sra. Plaza Laura B.; por el Director de Gobierno y Estadística, Sr. Wagner Guillermo y por la Directora de Recursos Humanos, Sra. Haderne Claudia, mediante los cuales solicitan designación del personal a su cargo, y pago por extensión extra laboral a distintos agentes por realizar tareas con mayor carga horaria; en uso de las facultades que le son propias;   

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Desígnese a la agente URQUIAGA Magdalena, Legajo N° 5648, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, con un régimen horario de  35 horas semanales, para desempeñar tareas administrativas en la Dependencia del Ministerio de Trabajo. Expediente N° 0123/25.

ARTICULO 2°: Desígnese a las agentes REY Florencia Evelyn, Legajo N° 5659, y JENSEN Johana Belén, Legajo N° 5692, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, con un régimen horario de 48 horas semanales, para desempeñarse como Asistentes de Adultos Mayores en el Hogar de Ancianos de Indio Rico. Expediente N° 0136/25.

ARTICULO 3°: Desígnese a las agentes DANIELE Daiana Cecilia, Legajo N° 5705, y SOSA María Elena, Legajo N° 5704, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 31/03/25,  con un régimen horario de 48 horas semanales, para desempeñarse como Asistente de Adultos Mayores en el Hogar de Ancianos de Indio Rico Expediente N° 0136/25.

ARTICULO 4°: Desígnese al agente PEREYRA Maximiliano Ezequiel, Legajo N° 5682, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, con un régimen horario de 35 horas semanales, para desempeñar tareas en el área de Servicios Urbanos de Indio Rico. Expediente N° 0136/25.

ARTICULO 5°: Desígnese al agente PANDELES Marcelo Mauricio, Legajo N° 5481, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 31/12/25, para llevar a cabo tareas como Cuartelero en la sede de Bomberos Voluntarios de Indio Rico. Expediente N° 0136/25.

ARTICULO 6°: Desígnese a los agentes que a continuación se detallan, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, con un régimen horario de 48 horas semanales (horarios rotativos), para desempeñar tareas como agentes operadores del Centro de Monitoreo: LANDALUZ Marianela, Legajo N° 5654;  BACA Guadalupe. Legajo N° 5640;  ORELLANO Gustavo, Legajo N° 5652; CLUCHINSKY Mateo, Legajo N° 5709; MADERO Camila, Legajo N° 5679; SALDIAS Giselle, Legajo N° 5641, y BUEDO Carolina, Legajo N° 5698. Expediente N° 0015/25.

ARTICULO 7°: Desígnese a los agentes que a continuación se detallan, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, con una carga horaria de 48 horas semanales (horarios rotativos), para desempeñar tareas como agentes de Guardia Urbana: POTIS Silvina, Legajo N° 5632; HADERNE Sebastián, Legajo N° 5643; BARROSO Erik, Legajo N° 5656; KOPPEL Hernán, Legajo N° 5655; SILVA Lucas, Legajo N° 5695; SEGOVIA Fernando, Legajo N° 5696, y BALBUENA Leonel, Legajo N° 5707. Expediente N° 0015/25.

ARTICULO 8°: Desígnese al agente BALBUENA Gabriel, Legajo N° 5721, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 10/01/25 y hasta el 31/12/25, con un régimen horario de  48 horas semanales (horarios rotativos), abonándosele un adicional por conductor de los vehículos de Guardia Urbana consistente en un 6% sobre sus haberes básicos mensuales, a partir del 10/01/25, en el marco del Decreto Nº 0062/25 - Escala Salarial, más adicional del 10% sobre su sueldo básico y en forma remunerativa, en el marco del Decreto Nº 1.306/22, por cumplir tareas como Supervisor de la Guardia Urbana, de acuerdo al informe del área. El mencionado agente realizará exclusivamente tareas en el Sector de Guardia Urbana y/o Centro de Monitoreo. Expediente N° 0067/25.

ARTICULO 9°: Desígnese a la agente VENTIMIGLIA Isabella Nancy, Legajo N° 5720, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 10/01/25 y hasta el 31/12/25, con un régimen horario  de 48 horas semanales (horarios rotativos), para desempeñarse como operador de Monitoreo. La mencionada agente realizará exclusivamente tareas en el Sector de Guardia Urbana y/o Centro de Monitoreo. Expediente N° 0067/25.

ARTICULO 10°: Desígnese al agente KENNY Juan Pablo, Legajo N° 5719, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/01/25 y hasta el 30/01/25, como Médico de la CAPS “María Rosa Desio”, abonándosele 30 horas médicas semanales, debiendo cumplir 10 guardias pasivas semanales y 5 guardias pasivas por fin de semana. Expediente N° 0114/25.

ARTICULO 11°: Asígnesele al agente HADERNE Sebastián, Legajo N° 5643, un adicional de un 20% sobre su sueldo básico y en forma remunerativa, en el marco del Decreto Nº 1.306/22, por cumplir tareas como Supervisor de la Guardia Urbana, de acuerdo al informe del área, en el marco del Decreto N° 1.306/22. Expediente N° 0083/25.

ARTICULO 12º: Abóneseles a los agentes que se detallan, la suma que en cada caso se especifica en concepto de Extensión Extra Laboral por tareas realizadas con mayor carga horaria desde el 14/01/25 y hasta el 31/01/25 en las áreas de Seguridad, Recursos Humanos y Delegación de Indio Rico, conforme lo establecido en el Artículo 74° de la Ley 14.656. Expedientes Nº 0081; 0094; 0115;

0125 y 0124,  del año 2025.

Legajo Nº

Apellido y Nombre

Importe

3512

LUNA DIEGO

$81.672,33/11hs

5350

BAIZ MAXIMILIANO

$24.282,28/4.5hs

5337

SOSA ARIEL

$180.947,02/33hs

5594

LUNA ALEXIS

$120.512,08/19hs

2030

D´AMICO PABLO

$29.657,27/5hs

4828

SALDIAS GABRIEL

$102.353,87/14hs

3372

URBAN MAURO

$148.634,15/34hs

3643

PAYES CARLOS

$55.000,00

2030

D´AMICO PABLO

$55.000,00

5542

ESMOLI PERLA

$34.343,37/8hs

5704

SOSA MARIA

$85.152,49/16hs

5524

JENSEN ANDREA

$103.030,10/24hs

5705

DANIELE CECILIA

$127.728,74/24hs

5692

JENSEN JOHANA

$106.440,62/24hs

5659

REY FLORENCIA

$31.932,18/8hs

5642

URIONABARRENECHEA

$263.299,14/56hs

4222

SUAREZ FERNANDA

$135.253,33/22hs

3645

CASTILLO NORMA

$396.296,44/64.5HS

3660

CARABAJAL LILIANA

$22.242,95/5HS

3660

CARABAJAL LILIANA

$21.432,73

3645

CASTILLO NORMA

$37.571,13

5282

SOLER EZEQUIEL

$179.235,30/39HS

2931

SUAREZ DIEGO

$97.692,75/15HS

3840

CABRERA MAURICIO

$113.661,41/20HS

5592

MACIEL STALTARI

$289.588,71/42HS

5659

REY FLORENCIA

$151.677,87/38HS

3375

QUIROGA MARTA

$100.546,62/23HS

3510

FERREYRA MONICA

$51.915,28/8HS

4315

ZAPATA ROSANA

$84.362,33/13HS

4744

VILLALBA SHEILA

$80.074,63/18HS

3421

SANCHEZ LUCRECIA

$38.978,92/2HS

5721

BALBUENA GABRIEL

$70.960,41/20HS

5655

KOPPEL HERNAN

$473.660,75/89HS

5557

GONZALEZ MATIAS

$307.659,33/62HS

5448

KESSLER ROBERTO

$575.251,39/108HS

4189

ROCHA FERNANDA

$355.556,20/61HS

5632

POTIS SILVINA

$212.881,24/40HS

5071

LARI SEBASTIAN

$343.898,62/59HS

5282

SOLER EZEQUIEL

$419.672,89/72HS

5532

MOLINA LUCIANO

$303.366,40/53HS

5695

SILVA LUCAS

$494.948,87/93HS

5519

LARRABURU JONATHAN

$291.918,61/51HS

5643

HADERNE SEBASTIAN

$484.304,81/91HS

5545

BELLO ESTEBAN

$97.306,20/17HS

5546

CANDIA VICTORIA

$457.911,55/80HS

5656

BARROSO ERIK

$308.677,79/58HS

5707

BALBUENA LEONEL

$521.559,03/98HS

5696

SEGOVIA FERNANDO

$276.745,61/52HS

5641

SALDIAS GISELLE

$23.949,14/6HS

5104

BENITEZ MATIAS

$253.552,37/58HS

5584

BAILONE NICOLAS

$45.791,16/8HS

1196

LUNA MARCELO

$36.847,47/8HS

4366

PEREZ JORGE

$8.743,19/2HS

5589

PADELLI ROCIO

$103.030,10/24HS

5679

MADERO CAMILA

$63.864,37/16HS

5709

CLUCHINSKY MATEO

$42.576,25/8HS

5652

ORELLANO GUSTAVO

$79.830,46/15HS

5654

LANDALUZ MARIANELA

$85.152,49/16HS

5640

BACA GUADALUPE

$255.457,48/48HS

4170

TRAVERSINI FERNANDO

$142.354,90/24HS

5536

CARRILLO MARIA JOSE

$274.746,93/48HS

5492

CHIMA FLORENCIA

$36.489,83/8.5HS

ARTICULO 13º: Cúmplase, Comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0168/25.