Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0112/25

Decreto Nº 0112/25

Coronel Pringles, 13/01/2025

Visto

el Expediente N° 0026/2025, iniciado por el Administrador del Hospital Municipal Sr. Ariel Barrere; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la contratación mediante Locación de Obra con el Dr. Vilariño Daniel Alberto, para la prestación de servicios como especialista en Neurología en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, cuya vigencia es desde el 01/01/25 hasta el 30/06/25, abonándosele la suma de $23.000,00 por un total de 20 pacientes, el cual deberá prestar servicios de un día al mes en la institución, con una carga horaria de 6 horas diarias;

Que la presente solicitud de contratación se efectúa atento la urgente necesidad de contar con profesionales de dicha especialidad en el citado nosocomio, en razón de la demanda cada vez mayor de pacientes y en pos de brindar un servicio de mejor calidad, atento la inexistencia de Servicio especializado al efecto, destacando que en nuestra ciudad no hay profesionales con esa especialidad;

Que dicha contratación se basa en la declaración de incompetencia suscripta por el Director de la Institución, en el marco de lo normado en el artículo 148º de la L.O.M.;

             Por ello en uso de las facultades que le son propias;

                             

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la Contratación mediante Locación de Obra del profesional no residente Dr. VILARIÑO Daniel Alberto, para la prestación de servicios como especialista en Neurología en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, cuya vigencia es desde el 01/01/25 hasta el 30/06/25, abonándosele la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL ($23.000,00) por un total de 20 pacientes, el cual deberá prestar servicios de un día al mes en la institución, con una carga horaria de 6 horas diarias.

ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” - Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con

Internación” - Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios” - Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0112/25.