Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0063/25
Coronel Pringles, 06/01/2025
Visto
el Expediente N° 2.756/24 iniciado por el Pereyra Natalia, Directora de Acción Social; y
Considerando
Que mediante los mismos solicita autorización para celebrar un contrato de Locación de Obra con la Srta. Suarez María Victoria, D.N.I. N° 41.579.947, para desempeñar funciones como psicóloga, en el marco de la renovación del programa “Comunidades sin Violencias, Fortalecimiento de la Gestión Municipal Contra las Violencias de Género”, aprobado por Resolución Nº 559/24 del Ministerio de las Mujeres y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires;
Que dentro de sus funciones se encuentra el acompañamiento a las personas que han sufrido violencia por razones de género, escuchando, acompañando, orientando en el proceso, realizando acciones de tendientes a la prevención y concientización sobre la temática, como charlas y conversatorios en escuelas e instituciones que lo soliciten;
Qué asimismo, la incorporación de la profesional al equipo de trabajo permitirá la conformación de grupos de ayuda a mujeres víctima de violencia y de hombres que ejercen violencia, lo que permitirá realizar un abordaje integral de la problemática;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del Personal Municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de obra con la Srta. SUAREZ María Victoria, D.N.I. N° 41.579.947, para desempeñar funciones como psicóloga, en el marco de la renovación del programa “Comunidades sin Violencias,
Fortalecimiento de la Gestión Municipal Contra las Violencias de Género”, acompañamiento a las personas que han sufrido violencia por razones de género, escuchando, acompañando, orientando en el proceso, etc., desde el 01/01/2025 hasta el 30/06/2025, por un monto mensual de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($236.000,00), de acuero a lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 50.00.00 “Comunidades sin Violencia”, Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0063/25.