Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0060/25
Coronel Pringles, 03/01/2025
Visto
el Expediente N° 0703/2024, iniciado por el Dr. Luis González Estevarena, Secretario de Salud”; y
Considerando
Que solicita la Contratación de Médico Veterinario para el Área de Zoonosis, de la médica Veterinaria CANABAL Daiana, DNI Nº 35.170.058, para llevar a cabo tareas vinculadas en el área de Zoonosis, desde el 1 de enero al 30 de junio de 2025, abonándosele la suma mensual de $700.000,00;
Que dicha solicitud de contratación obedece a la ausencia de personal especializado las tareas requeridas, como así también en la consideración al presupuesto presentado por la profesional, el cual se ajusta al presentado por la Secretaria de Salud, justificándose también en virtud a la declaración de incompetencia suscripta por la Secretaría de Salud se considera la contratación solicitada en el marco del artículo 148º de la L.O.M;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación de Médico Veterinario para el área de Zoonosis” a la profesional CANABAL DAIANA, DNI Nº 35.170.058, por la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000,00) mensuales, desde el 01/01/2025 al 30/06/2025, para llevar a cabo tareas que comprenden evaluación clínica pre quirúrgica para la admisión de los caninos y felinos antes de la orquiectomía u overiectomía, administración de medicación pre quirúrgica y monitoreo de los animales, asistente quirúrgico de médico veterinario durante el proceso quirúrgico, monitoreo de caninos y felinos durante el pre-operatorio en el centro de Zoonosis y vacunación antirrábica de caninos y felinos, actividades
sociales y educativas concernientes al desarrollo de y aplicación de políticas de fauna urbana, campañas de adopción, tenencia responsable, captura en vía publica y prevención de enfermedades zoonoticas, entre otras actividades inherentes a lo expresado.
ARTICULO 3°: °: Lo dispuesto en el artículo precedente se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”- Categoría Programática 20.00.00 “Zoonosis” – Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0060/25.