Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0032/25

Decreto Nº 0032/25

Coronel Pringles, 02/01/2025

Visto

el Expediente N° 2.790/23, iniciado por el Administrador del Hospital Municipal “Manuel B. Cabrera” Sr. Ariel R. Barrere; y

Considerando

Que a fs. 46 a 48 del mismo el Administrador del Hospital Municipal solicita la contratación mediante Locación de Obra del Dr. Eduardo Pujol, D.N.I. N° 10.525.154, para desempeñarse en el Hospital Municipal como Médico Especialista en Alergia e Inmunología;

Que dicha contratación se realiza desde el 01/01/25 hasta el 30/06/25, con una carga horaria de ocho (08) horas semanales por un valor de $300.000,00 mensuales;

Que lo expuesto se basa en la urgente necesidad de contar con la especialidad mencionada, para cubrir la demanda de pacientes y brindar un servicio de mayor calidad;

Que lo expuesto se enmarca en lo normado en el artículo 148º de la L.O.M. atento la incompetencia suscripta por el área pertinente;

                Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Dr. PUJOL Eduardo, D.N.I. N° 10.525.154, para desempeñarse como Médico Especialista en Alergia e Inmunología en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, a partir del 01/01/25 hasta el 30/06/25, con una carga horaria de ocho (08) horas semanales, abonándosele la suma mensual de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00).

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” – Categoría Programática 18.00.00. “Unidades con Internación” – Partida 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios” – Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0032/25.