Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0005/25
Coronel Pringles, 02/01/2025
Visto
y
Considerando
las disposiciones del Honorable Tribunal de Cuentas, mediante las cuales solicita especificar los montos destinados a las Cajas Chicas de la Administración General y demás dependencias de esta Municipalidad para el Ejercicio 2025, así como los responsables de las mismas; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Fíjese en PESOS CIEN MIL ($100.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Administración General para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Mauricio Vázquez, D.N.I. N° 24.785.095, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 2°: Fíjese en PESOS CIENTO SETENTA MIL ($170.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA del Hospital Municipal para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Barrere Ariel, D.N.I. N° 16.873.656, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículo 87 y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 3°: Fíjese en PESOS SESENTA MIL ($60.000,00) el monto destinado a la CAJA CHICA de la Delegación de Indio Rico para el Presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Delegada Municipal Sra. Laura Plaza, D.N.I Nº 25.708.583, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos en la misma, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 4°: Fíjese en PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($65.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de Vialidad para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Vivas Luciano, D.N.I Nº 28.241.951, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 5°: Fíjese en PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de Servicios Urbanos para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Heredia Juan David, DNI Nº 21.505.546, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 6°: Fíjese en PESOS SESENTA MIL ($60.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Deportes para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Prof. Merodio Alcides, DNI Nº 28.215.772, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 7°: Fíjese en PESOS SESENTA MIL ($60.000,00) monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Acción Social, responsable de la misma la Sra. Pereyra Natalia (Directora de Acción Social), D.N.I N° 24.666.640, y en PESOS TREINTA MIL ($30.000,00) monto destinado a CAJA CHICA del Hogar Convivencial de Niños y Niñas, responsable de la misma la Sra. Ceccarelli Romina (Subdirectora de Infancias, Adolescencia y Género), D.N.I N° 27.244.660, imputándose el último importe a Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial” – “Becas Hogar Convivencial”, debiendo proceder las responsables de las mismas a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizando (artículos 87° y 88° - Decreto Provincial N° 2.980/00).
ARTICULO 8°: Fíjese en PESOS SESENTA MIL ($60.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Producción para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. De Uriarte Bernardo, D.N.I Nº 22.532.941, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 9°: Fíjese en PESOS VEINTE MIL ($20.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Bromatología para el presente Ejercicio, debiendo proceder la responsable de la misma Sra. Verónica Burón Alfano, D.N.I Nº 24.666.488, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 10°: Fíjese en PESOS OCHENTA MIL ($80.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de Obras e Infraestructura para el presente Ejercicio, debiendo proceder la responsable de la misma Sra. María Belén Lucarelli, DNI Nº 35.431.998, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 11°: Fíjese en PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($65.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA del Instituto Cultural de Coronel Pringles para el presente ejercicio, debiendo proceder la responsable de la misma Sra. María Eugenia Cavallaro, D.N.I. N° 27.747.519, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00), imputándose a Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial “Fondo Educativo”.
ARTICULO 12°: Fíjese en PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Gobierno, Inspección y Gestión para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Lanezan Hugo Raúl, D.N.I. N° 29.159.783, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 13°: Fíjese en PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA del área de Medio Ambiente y Espacio Público para el presente Ejercicio, debiendo proceder la responsable de la misma Ing. Ángela Bhon, D.N.I. N° 29.451.501, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 14°: Fíjese en PESOS SIETE MIL ($7.000,00) el monto destinado a CAJA CHICA de la Dirección de Catastro para el presente Ejercicio, debiendo proceder el responsable de la misma Sr. Maximiliano Halter, D.N.I. N° 24.219.516, a efectuar la rendición de los gastos atendidos con los recursos constituidos, una (1) vez por mes y cualquiera sea el monto del fondo que se encuentre utilizado (artículos 87° y 88º - Decreto Provincial Nº 2.980/00).
ARTICULO 15°: Fíjese en PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) el valor máximo de cada pago individual a realizar por Caja Chica para el Hospital Municipal y PESOS QUINCE MIL ($15.000,00) para el resto de las áreas, dejándose constancia que las erogaciones municipales deben ser estrictamente necesarias para el funcionamiento de las mismas.
ARTICULO 16°: Dese cumplimiento a lo dispuesto en los términos del Decreto N° 1.234/11, referente a la obligación de prestar fianza por parte de funcionarios y empleados que tengan a su cargo tareas vinculadas con el manejo y custodia de fondos.
ARTICULO 17°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0005/25.