Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0004/25
Coronel Pringles, 02/01/2025
Visto
y
Considerando
el artículo 191º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual establece que los cheques deben ser firmados por el Intendente y el Tesorero, pero la norma autoriza al Intendente a delegar la facultad de firmar en favor del Jefe de Gabinete o al que ejerza sus atribuciones o al Contador Municipal, no pudiendo ser reemplazado el Tesorero; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Deléguese la facultad de firmar cheques en favor del Jefe de Gabinete, a cargo de la Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, o al Contador Municipal, de acuerdo a lo normado en el artículo 191º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0004/25.