Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2650/2017
San Andrés de Giles, 07/11/2017
Visto
El contrato de actuación, suscrito entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el CPN Carlos Javier Puglelli en su carácter de Intendente Municipal y el Señor Diego Omar Bruno en representación de Impronta Music S.A. , representante de la cantante Karina “La Princesita”; y
Considerando
Que el citado instrumento contractual, tiene por objeto la actuación de la referida artista en el tradicional evento popular “Esperando el 30” que tendrá lugar el día 29 de noviembre del año en curso, como es tradicional en las instalaciones del Parque Municipal “Fernando C. Lillia” ,
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato suscripto.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalídase el contrato de actuación, suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el CPN Carlos Javier Puglelli en su carácter de Intendente Municipal y el Señor Diego Omar Bruno en representación de Impronta Music S.A. representante de la cantante Karina “La Princesita” cuyo objeto es la actuación de dicha artista popular durante el tradicional evento “Esperando el 30” y como cierre musical de dicho espectáculo que tendrá lugar el día 29 de noviembre próximo, en las instalaciones del Parque Municipal “Fernando C. Lillia”.
ARTICULO 2º: Las Erogaciones que generen al Municipio el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Instrumento cuya convalidación se dispone por el presente serán imputados a la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110115000: Secretaria de Gobierno
Categoría Programática 22: Difusión de la Cultura y Turismo
Actividad 01: Actividades Culturales y Promoción e Incentivo al Turismo
Inciso 3: Servicios no personales
Partida Principal 9: Otros Servicios
Partida Parcial 9: Otros
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese a las áreas correspondientes y archívese.-
CONVENIO DE ACTUACION
Entre el señor Carlos Javier Puglelli, DNI 24.795.966 con domicilio en la calle Moreno Nº 338, localidad de San Andrés de Giles, Provincia de Buenos de Aires, en representación de la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuit 30-65492549-2 con domicilio en la calle Moreno 338, localidad de San Andrés de Giles, Provincia de Buenos Aires, en forma solidaria y mancomunada en adelante denominada EL CONTRATANTE por una parte y por la otra DIEGO OMAR BRUNO con N° DNI 26.587.400 en representación de IMPRONTA MUSIC SA, cuit 30-71454503-1, con domicilio en la calle AYACUCHO 448 piso 6 depto. O, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado EL REPRESENTANTE, en presentación en este Acto de KARINA “LA PRINCESITA” en adelante EL ARTISTA, se conviene lo siguiente:
01-LUGAR Y FECHA
EL CONTRATANTE contrata a EL ARTISTA para actuar en 1 (UN) show en la ciudad de San Andrés de Giles provincia de Buenos Aires con una duración aproximada de 70 minutos, a realizarse el día 30 de NOVIEMBRE de 2017 comenzando en el horario de las 00: 10 hs aproximadamente, con una tolerancia de cuarenta y cinco minutos después del horario convenido a favor del Artista.
Tipo de evento: FESTIVAL
02-FORMAS DE PAGO
Por la presentación mencionada, EL CONTRATANTE abonará a EL REPRESENTANTE en concepto de cachet, la suma de pesos cuatrocientos veinte mil ($ 420.000) IVA incluído.
Abonados de la siguiente manera:
Entrega inicial hasta el día 10/11/17 se abonará la suma de pesos doscientos diez mil ($210.000) que será depositada y/o transferida a la cuenta:
Banco: Santander Rio
Titular de la cuenta: IMPRONTA MUSIC
CUIT: 30-71454503-1
Sucursal: 480
Cuenta: 1287
CBU: 0720480120000000012872
Pago cancelatorio hasta el día 20/11/17 se abonará la suma de pesos doscientos diez mil ($210.000) que será depositada y/o transferida a la misma cuenta detallada en el primer pago.
03-TRASLADO
EL ARTISTA tendrá a su cargo el costo del traslado del staff de ida y de regreso según condiciones acordadas: Mercedes Sprinter para el traslado de Staff y back-line y 1 (UN) transporte VAN H1 para EL ARTISTA.
04-ALOJAMIENTO
EL CONTRATANTE se hará cargo del alojamiento para 15 personas en hotel categoría 5 estrellas o el mejor disponible mientras dure su estadía en la ciudad por motivos de este trabajo, según rooming list provisto por EL ARTISTA.
05-SEGURIDAD
EL CONTRATANTE velará por la seguridad de EL ARTISTA, así como de sus equipos y pertenencias durante la permanencia de estos en el recinto de actuación, siendo responsables de su pérdida, rotura o deterioro de los mismos.
En el caso de que EL CONTRATANTE requiera para el evento de un seguro de ART o de otra índole, deberá hacerse cargo del pago y de la tramitación del mismo.
06-CATERING
EL CONTRATANTE le brindará a EL ARTISTA y su staff un servicio de Catering y bebidas con y sin alcohol en el lugar de actuación.
07-VIATICOS o COMIDAS
Servicio incluido en el valor de cachet.
08-TECNICA
EL CONTRATANTE se hará cargo de proveer los sistemas de sonido e iluminación necesarios para la realización del show según rider provisto por EL ARTISTA.
09-INCUMPLIMIENTOS
Si EL CONTRATANTE no cumpliese con los detalles técnicos y de seguridad requeridos para el desarrollo del espectáculo, EL ARTISTA se reserva al derecho de actuación.
10-VALIDEZ
Este contrato no tendrá validez hasta tanto no se haga efectiva la seña acordada.
11-CANCELACION
Si por motivos personales EL ARTISTA no concurriese, EL REPRESENTANTE se compromete a reintegrar las sumas de dinero abonadas hasta ese momento, en su totalidad y dentro de las 72hs. O en su caso, designar el cambio de fecha, previo acuerdo entre EL CONTRATANTE y EL REPRESENTANTE; en cláusula anexa o intercambio epistolar vía correo electrónico que pasa a formar parte del presente.
12-DOMICILIOS
A los efectos de este contrato las partes constituyentes fijan domicilio legal y especial: EL CONTRATANTE en la calle Moreno 338, localidad de San Andrés de Giles, Provincia de Buenos Aires y EL REPRESENTANTE en el expresado Up Supra, ambos partes se someten a la jurisdicción y a la competencia del juzgado en lo contencioso Administrativo del Dpto. Judicial de Mercedes. Los domicilios aquí constituidos, conservan su validez, mientras no fuere notificado en forma fehaciente otro domicilio, siempre dentro de la misma. Ratificando lo escrito precedentemente, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los 07 días del mes de Noviembre del año 2017.
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