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Decreto Nº823-25

Decreto Nº 823-25

Lobería, 06/05/2025

REGÍSTRASE la CLÁUSULA RECTIFICATORIA de la cláusula registrada por Decreto N° 650/25.

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 650/25; y

Considerando

QUE, la Municipalidad de Lobería suscribió un Contrato con el Dr. Juan Manuel Provasi para cubrir el servicio en la especialidad de traumatología y se desempeñará como coordinador y jefe de ese servicio en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”;
QUE, la Asesoría Letrada informa el error cometido en la cláusula que modifica la retribución, registrada por Decreto N° 650/25, omitiendo agregar el pago por las tareas de coordinador y jefe del servicio, motivo por el cual se procedió a firmar una cláusula rectificatoria;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE la CLÁUSULA RECTIFICATORIA de la cláusula registrada por Decreto N° 650/25, modificatoria del contrato oportunamente celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERÍA, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL PABLO J. BARRENA y el DR. JUAN MANUEL PROVASI,para cubrir el servicio en la especialidad de traumatología y desempeñarse como coordinador y jefe de ese servicio en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”.
ARTÍCULO 2º Los gastos que demande la aplicación del Contrato, serán imputados a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23 Dirección Hospital Municipal – 3.4.2.0 Médicos y sanitarios” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría, Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.