Boletines/Lobería

Decreto Nº816-25

Decreto Nº 816-25

Lobería, 06/05/2025

OTÓRGASE, en concepto de Asistencia Financiera MI FOMEPRO.

Visto

Lo dispuesto por los art. 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas 2.827/23, 2.533/21 y 2.976/25, el Decreto N° 712/25, la Nota de la Oficina de Trabajo, Empleo y Economía Social; y

Considerando

Que, Oficina Municipal de Trabajo, Empleo y Economía Social informó la decisión del Consejo Asesor para la Producción y el Empleo de Lobería, dando curso favorable a las solicitudes de crédito o asistencias financieras MI FOMEPRO, por un valor total de Pesos Dos Millones Doscientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Diez ($ 2.296.810.-), según detalle agregado a la misma;
Que, el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 2.976/25, declaró de Interés Municipal el proyecto para el funcionamiento del emprendimiento productivo “CARPINTERÍA LISANDRO” y autorizó al Departamento Ejecutivo a otorgar la suma de Pesos Un Millón Ciento Treinta y Cinco Mil Ciento Sesenta y Cuatro ($ 1.135.164.-) al Sr. Lisandro Héctor Mujica Barraza;
Que, se ha suscripto el respectivo contrato de mutuo y se ha completado la documentación pertinente habilitándose, en consecuencia, la efectivización de la ayuda financiera objeto del presente;

Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1º OTÓRGASE al Sr. Lisandro Héctor Mujica Barraza, D.N.I. Nº 43.970.184, la suma de Pesos Un Millón Ciento Treinta y Cinco Mil Ciento Sesenta y Cuatro                      ($ 1.135.164.-), de acuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 2.533/21 y 2.976/25, en concepto de Asistencia Financiera MI FOMEPRO.
ARTÍCULO 2º Impútese a la Partida: Cálculo de Recursos: “1110101000 Unidad Intendente – 16 Dirección de Desarrollo Local – 01 Oficina de Producción - 6.3.1.0. MI FOMEPRO Préstamos a largo plazo al sector privado”, del Presupuesto de Gastos vigente. 
ARTÍCULO 3º Notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Desarrollo Local, Contaduría, Oficina Municipal de Trabajo, Empleo y Economía Social y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.