Boletines/Dolores
Decreto Nº 1914
Publicado en versión extractada
Dolores, 24/09/2024
DOLORES, 24 de septiembre de 2024.-
VISTO:
Que mediante decreto Nº 1781, obrante en el presente expediente Nº4032-85.520, se llamó a Concurso de Precios para la compra de 600 tn. de piedra granítica, para ser utilizada en mejoras de las calles de nuestra ciudad, con un presupuesto oficial de $7.000.000 por el material y $13.000.000 por el flete y transporte hacia nuestra ciudad (total $20.000.000) y,
CONSIDERANDO:
Que efectuada la apertura del Concurso de Precios Nº 61, se recibe una única propuesta, correspondiente a la firma SUCESION DE SKOK JUAN ALEJANDRO-CUIT 20-04751878-5 quién cotiza $15.570.000 únicamente por el ítem 1 por ser proveedor local.-
Que de acuerdo a lo informado por la Oficina de Compras, si bien el valor de la tonelada de estabilizado supera en un 122,43% el presupuesto oficial, la oferta de la firma no supera el presupuesto total del llamado al estar incluido el flete en la oferta por ser un proveedor local. En igual sentido se expide el Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
Que la Secretaría Legal y Técnica, no encuentra impedimentos ni observaciones legales para adjudicar el concurso de precios en la forma sugerida por Oficina de Compras y la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.-
Que atendiendo a las razones precedentemente expuestas y conforme a fundamentos de oportunidad, mérito y conveniencia, se estima procedente el dictado del acto administrativo.-
POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales;-
D E C R E T A
ARTICULO PRIMERO:- Aprobar el CONCURSO DE PRECIOS Nº 61/24 para la ---------------------------------- compra de 600 tn. de piedra granítica, para ser utilizada en mejoras de las calles de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo a la documentación obrante en expediente Nº 4032-85.520.-
ARTICULO SEGUNDO:- Adjudicar el CONCURSO DE PRECIOS Nº 61/24 a la ----------------------------------- empresa SUCESION DE SKOK JUAN ALEJANDRO-CUIT 20-04751878-5 por su oferta de $15.570.000 por el ítem 1). Ello, por no resultar necesaria la contratación del ítem 2) (flete) al ser un proveedor local y por resultar su oferta conveniente a los intereses municipales, en un todo de acuerdo a lo aconsejado por las áreas intervinientes.-
ARTICULO TERCERO:- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se -----------------------------------imputará en la Jurisdicción 1110105000-Cat. Prog. 01.03.00-Partida 2.8.4.0. Piedra, arcilla y arena.-
ARTICULO CUARTO:- Cúmplase, publíquese, regístrese. Intervenga Secretaría Legal a --------------------------------- fin de confeccionar el respectivo contrato. Cumplido vuelva.-
DECRETO NUMERO: 1914.-