Boletines/Lobería

Decreto Nº798-25

Decreto Nº 798-25

Lobería, 05/05/2025

REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza   N° 2.959/24, el Decreto Nº 48/25; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Kennedy N° 50 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Director de Servicios Públicos EMILIANO MARINIER, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 48/25, que realizará refacciones en la vivienda referenciada, a partir del 09 de abril de 2025;
QUE, atento a no haberse presentado dicho requerimiento en tiempo y forma corresponde registrar las tareas realizadas;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le sonpropias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MENDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 48/25, que realizó refacciones en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Kennedy N° 50 de esta ciudad, a partir del 09 de abril de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas se detallan a continuación:
• Desarmar toma corrientes para colocar cables de puesta a tierra, pasar cables por cañería y armar, colocar jabalina de puesta en tierra y acomodar tablero eléctrico, incorporar llave térmica y disyuntor diferencial en instalación para dejar todo en condiciones.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE CON DIEZ CENTAVOS ($ 349.714,10.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TRESCIENTOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON TRECE CENTAVOS             ($ 300.754,13.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 41.965,69. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.