Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº785

Decreto Nº 785

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/03/2025

Visto el Pedido de Adquisición Nº 1447 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios de una Auxiliar de Cocina en el Centro Comunitario Villa Miramar; y

CONSIDERANDO

Que el servicio brindado por la persona contratada consistirá en realizar el desayuno, almuerzo y merienda, mantener en perfecta limpieza y orden la cocina, equipo e instalaciones, entre otras;

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, donde consta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la función requerida;

Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección de personal requerido conforme acta que obra en suministro 8544/2024 del cual surge la selección de la Sra. Ana Mabel Solis, DNI 24.889.915 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para el cumplimiento de las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 - D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la función requerida.-

SEGUNDO: Adjudicar a la Sra. Ana Mabel Solis, DNI 24.889.915, la prestación de servicios para desempeñar funciones como Auxiliar de Cocina en el Centro Comunitario Villa Miramar, a partir del 1 de Abril y hasta el 31 de Junio de 2025, por la suma total de pesos un millón doscientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta ($1.238.850.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y por su intermedio al Centro Comunitario Villa Miramar.-

CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-

QUINTO: Cumplir, notificar, publicar, dar al R.O; tomar nota Departamento de Compras, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Cumplido: ARCHIVAR.